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Timbrar o no timbrar nóminas..?

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8 años 1 mes antes #108379 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Timbrar o no timbrar nóminas..?
Omití comentar que las cifras supuestas las considere como si del ejercicio 2017 se tratara, es decir, el probable ISR a que se hace referencia se determino utilizando tarifas vigentes para 2017.

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8 años 1 mes antes #108381 por kikeleal
Respuesta de kikeleal sobre el tema Timbrar o no timbrar nóminas..?
Hola Buenas tardes.

y el posible impuesto (isr) causado por los trabajadores y que no ha sido retenido y enterado por el patron? o peor aun, al calcular su nomina si le retienen el impuesto, pero como no timbran la nomina... el patron se queda con el?......
digo... con la cedula del imss se puede saber quien de los trabajadores causaria ISR por sus ingresos....

Saludos!

La vida es el mejor regalo en vida que DIOS nos da!
Saludos!

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8 años 1 mes antes - 8 años 1 mes antes #108383 por MISTICO
Respuesta de MISTICO sobre el tema Timbrar o no timbrar nóminas..?
ZONGO LE DIO A BORONDONGO, BORONDONGO LE DIO A BERNABE,BERNABE LE DIO A MUCHILANGA …….. Lucio Bernardo ojala puedas conseguir los ESTADOS FINANCIEROS para ayudarte a resolver LA DUDA DEL CHE ESTUDIANTE que por lo visto tiene vocación de auditor, la jiribilla de la primera bola no es curva, ni recta, ni slider, ni de nudillos, ni se acerca a la tenedor sino un nuevo lanzamiento que acaban de descubrir según ellos una escuela de bateo que llaman despacho, en fin en fin.

La autoridad puede con toda LA BUENA FE DEL MUNDO en un caso cercano suponer que las partidas NO DEDUCIBLES SON A FAVOR DEL ACCIONISTA la ¿razón échale imaginación CLARO SALVO prueba en contrario, aunque esta prueba seria precisamente el comprobante con el que no se cuenta?????CIERTO O FALSO te pregunto, se cuenta o no se cuenta, sígueme sígueme.

Si el cargar a GASTOS NO DEDUCIBLE una erogación que no tiene comprobante fuera valido para la autoridad, una persona podría sacar de su empresa todo el dinero que quisiera y no pagar impuestos, te estarás preguntando como, a bueno solo has un ejercicio tomando la conciliación entre el resultado contable y fiscal, dicho de otra manera más sencilla SOBRE LAS PARTIDAS NO DEDUCIBLES NO SE PAGA IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Nunca señalas de que importes son los recibos que no quieren timbrar, pero por supuesto en mi opinión son de salario mínimo es decir sin retenciones de impuesto, y complementando el derecho del trabajador ya sabes de que y porque, verdad buey?

El despacho porque opina que se continúe actuando de esta manera , sencillo TAMBIEN SUPONEN (ya nos llenamos de suponer) QUE LA AUTORIDAD SE LA TRAGARA ENTERA por qué no hay una diferencia sustancial entre las erogaciones (DOS TIPOS), sígueme porque ahorita que estoy dando vuelta al ring te puedes perder, LOS INTEGRANTES DE LA CONCIENCIA DEL DESPACHO se dicen unos a otros es recomendable es RECOMENDABLE PARA NUESTRO CLIENTE CONTAR CON UN COMPROBANTE, AUN Y CUANDO NO REUNA TODOS LOS REQUISITOS FISCALES,PUS SE COMPROBARIA QUE LA EROGACION NO TUVO LA FINALIDAD DE BENEFICIAR AL ACCIONISTA NO OBSTANTE QUE SE CONSIDERE LA PARTIDA COMO NO DEDUCIBLE.

Espero que notes la diferencia porque es importante para el despacho contar con un comprobante y no llevar así sin papel alguno la PARTIDA A NO DEDUCIBLES. Solo así podrás entender a zongo, borondongo Bernabé y mochilanga que son los del DESPACHO TROPICAL


Recuerda chato SI QUIERES Y PUEDES CHECA LA INFORMACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS el estudiante PRODUCTOR de esta telenovela y los usuarios te lo vamos agradecer.

La segunda ley de la espiritualidad de
Albert Einstein dice:


“Lo que sucede es la única cosa que podía haber sucedido“.

SALUDOS A TODOS Y TODAS
Última Edición: 8 años 1 mes antes por MISTICO.

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8 años 1 mes antes #108385 por Lucio Bernardo
Rayos...

Aquí les he dado en palabras lo que he podido conseguir de información...

Resulta que el contribuyente, quien para estas fechas ya no es ni siquiera contribuyente sino un defraudador fiscal a todas luces, y estando del lado correcto, es decir, de todo cuanto han dicho y recomendado así como aclarado...
Recién en este ejercicio 2018 cambió de RIF a Persona física con actividad empresarial, de tal forma que los reportes o controles que ellos llaman estados financieros no dan luz que evidencie mucho...

Por favor... ¿Alguien me puede decir en donde puedo anexar los reportes que me han hecho llegar del sujeto en cuestión...?

Gracias a cada uno de los que me han apoyado en este tema.

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8 años 1 mes antes #108386 por Lucio Bernardo
Tal como lo mencionó mi estimado mistico. ENTENDIDO Y ANOTADO... Y NUEVAMENTE GRACIAS.
El siguiente usuario dijo gracias: MISTICO

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8 años 1 mes antes #108387 por jamendoz
Respuesta de jamendoz sobre el tema Timbrar o no timbrar nóminas..?
hola

cuando respondas, no uses respuesta rapida, si no donde dice accion-responder y ahi viene para adjuntar archivos

saludos


cp jose antonio mendoza p
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