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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Aguinaldo de 30 dias a 15 dias
- Jefe River
- Fuera de línea
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- Jefe river
con todo el respeto..... SE PUEDE HACER ESO ????.... bajo que fundamento LEGAL,..
No se si sea el fundamento legal correcto, pero lo expongo mas abajo
pero de una costumbre, hacerla ley ???. sigo dudandolo, pero, veremos si hay algo lñegal por ahi....
En este caso no aplicaremos que las “costumbres hacen leyes” le pondremos derechos por costumbre laboralmente
lo cual expondre que el patron estara obligado a seguir otorgando la prestacion,conforme a lo que señala en su articulo 17 de la LFT
ARTICULO 17. A FALTA DE DISPOSICION EXPRESA EN LA CONSTITUCION, EN ESA LEY O EN SUS REGLAMENTOS, O EN LOS TRATADOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 6o., SE TOMARAN EN CONSIDERACION SUS DISPOSICIONES QUE REGULEN CASOS SEMEJANTES, LOS PRINCIPIOS GENERALES QUE DERIVEN DE DICHOS ORDENAMIENTOS, LOS PRINCIPIOS GENERALES DE JUSTICIA SOCIAL QUE DERIVAN DEL ARTICULO 123 DE LA CONSTITUCION, LA JURISPRUDENCIA, LA COSTUMBRE Y LA EQUIDAD.
posible se puede arreglar que los 15 dias restantes, se pueda someter como bonificacion, premio, productividad, etc, etc,....
este tema resulta muy importante no solo para esta situación sino para otras prestaciones como pueden ser BONOS,PREMIOS,etc.etc.
entonces, como es costumbre, la NO cultura de pagar obligaciones ( impuestos ).... se tendra que hacer ley, esta costumbre ??????..
Todo lo que sea a favor de los trabajadores sera aplicado, recordemos que estamos habando laboralmente, no fiscalmente de las OBLIGACIONES (impuestos) con los contribuyentes en gral
de ahi se deriva que nuestro pais tenga tanto receso cultural, economico, tecnologico, y mucho etc, etc,....
Creo que ahi intervienen factores mucho mas importantes y escambrosos jeje digo.
pues si la costumbre esta por encima de ley..... pa que estudiar. ?????
Las costumbres por supuesto que nunca podran estar por encima del ESTUDIO pero de la ley, no mas es cuestion de buscar, que se deje y ya veras que si. Ya que ellas mismas te dan la pauta, eso digo pues
Y en el caso que este estipulado en el contrato ya sea este colectivo o individual pues el patron ya no tiene legalmente como defenderse y tiene que cumplirles.
saludos
Jefe River
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- Valvaro
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La verdad no hay que buscarle tanto, ya lo dijo daniel, si esta estipulado por contrato adelante, teneis tus 30 dias de aguinaldo , de lo contrario, pues no , simplemente porque no esta por escrito, es por ello que de conformidad con el art. 87 LFT, solo tienen derecho cuando menos 15 dias de aguinaldo.
Pues difiero estimado pcclopez, ya que a diferencia de otras leyes, en la laboral, basta el dicho del trabajador para que el patron este obligado a demostrar lo contrario, resultando que si no esta estipulado en el contrato de trabajo, el hecho de haberles otorgado ese Aguinaldo por \"varios años\" les garantiza el beneficio por lo que dure la relacion de trabajo. Art. 26 LFT
Saludos!
PD Repito, esa es mi humilde opinion.
Vendo AMEROS baratos o cambio por PEJEBONOS!!!
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- CPHugoocejo
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pcclopez
La verdad no hay que buscarle tanto, ya lo dijo daniel, si esta estipulado por contrato adelante, teneis tus 30 dias de aguinaldo , de lo contrario, pues no , simplemente porque no esta por escrito, es por ello que de conformidad con el art. 87 LFT, solo tienen derecho cuando menos 15 dias de aguinaldo.
Pues difiero estimado pcclopez, ya que a diferencia de otras leyes, en la laboral, basta el dicho del trabajador para que el patron este obligado a demostrar lo contrario, resultando que si no esta estipulado en el contrato de trabajo, el hecho de haberles otorgado ese Aguinaldo por \"varios años\" les garantiza el beneficio por lo que dure la relacion de trabajo. Art. 26 LFT
Saludos!
PD Repito, esa es mi humilde opinion.
Difiero de usted, toda vez que la unica manera de hacer lo que comentas es que el trabajador haga uso de defender sus derechos, o acaso el autor del topico lo plasmo asi?
saludos
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- jjfarias
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Sin embargo para que la costumbre pueda invocarse como tal, y estar en posibilidad de reclamar su reconocimiento e implantación definitiva, en términos del artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, es necesario que concurran las siguientes circunstancias: a) Que se trate de una práctica reiterada e ininterrumpida por un tiempo considerable; b) Que dicha práctica se realice con el consentimiento de las partes; c) Que ese consenso se constituya como norma rectora de determinadas relaciones; y d) Que tal práctica no contravenga disposiciones legales o contractuales.
Claro esta que este tipo de controversias tienen que ventilarse ante la JLCYA, considera que si se había establecido un derecho extralegal que no estaba contemplado de inicio en la relación de trabajo convirtiéndose en costumbre con el consentimiento tácito de ambas partes, adquiere el carácter de OBLIGATORIO en los términos antes señalados y si dicha condición es modificada unilateralmente por el Patrón es indudable que se trata de una causa de rescisión con responsabilidad para este último, pudiendo el trabajador demandar con la mano en la cintura ante la misma JLCYA.
Lo que finalmente va a pasar si te va bien, es que se va a presentar inconformidades de manera masiva por parte de los trabajadores y eso afectara finalmente en la producción laboral.
Saludos y Suerte
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- sosgtorreon
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Ya por hay el Jefe (a quien aprovecho para saludarle) y JJ nos abundan un poco sobre el tema de la costumbre...
Deseo destacar lo siguiente;
jjfarias escribio:
Como ya bien lo señalaron, el Art. 17 de la LFT, establece que los casos no previstos por ella se resuelven de acuerdo con la costumbre o el uso y, en su defecto, por los principios que se deriven de la misma ley o del derecho común y por la equidad, y si el trabajador demuestra que en cumplimiento de los servicios prestados a la empresa, se había establecido la costumbre de pagar por concepto de aguinaldo una cantidad consistente en 30 días de aguinaldo, resulta lesivo cambiar las condiciones laborales por simple voluntad propia, toda vez que la relación se compone de dos voluntades y no de una sola como se pretende hacerlo.
Aqui, me parece que el aguinaldo si esta previsto en Ley, por tanto pudiera conceder razon en eso de que \"la costumbre\" no aplica... pero...
jjfarias escribio:
Sin embargo para que la costumbre pueda invocarse como tal, y estar en posibilidad de reclamar su reconocimiento e implantación definitiva, en términos del artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, es necesario que concurran las siguientes circunstancias:
a) Que se trate de una práctica reiterada e ininterrumpida por un tiempo considerable;
b) Que dicha práctica se realice con el consentimiento de las partes;
c) Que ese consenso se constituya como norma rectora de determinadas relaciones; y
d) Que tal práctica no contravenga disposiciones legales o contractuales.
La duda seria ¿que debemos entender por \"un tiempo considerable?, ¿1, 2, 3, 4, 5, cuantos?...
Jefe River:
....
ARTICULO 17. A FALTA DE DISPOSICION EXPRESA EN LA CONSTITUCION, EN ESA LEY O EN SUS REGLAMENTOS, O EN LOS TRATADOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 6o., SE TOMARAN EN CONSIDERACION SUS DISPOSICIONES QUE REGULEN CASOS SEMEJANTES, LOS PRINCIPIOS GENERALES QUE DERIVEN DE DICHOS ORDENAMIENTOS, LOS PRINCIPIOS GENERALES DE JUSTICIA SOCIAL QUE DERIVAN DEL ARTICULO 123 DE LA CONSTITUCION, LA JURISPRUDENCIA, LA COSTUMBRE Y LA EQUIDAD.
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Todo lo que sea a favor de los trabajadores sera aplicado, recordemos que estamos habando laboralmente, ....
LFT prevee la aplicacion de la costumbre, de todos es sabido que igualmente LFT prevee que en caso de duda la \"razon la tiene el trabajador\"...
Pero el punto sigue siendo... ¿cuantos años han de pasar para poder decir que se hizo \"costumbre\", y por ende Ley (laboralmente hablando)?
Voy a buscar mis apuntes especificos del tema, ese comentario me lo hicieron hace un buen de años, segun recuerdo incluso hay una jurisprudencia al respecto... y el numero de años que deben transcurrir tiene relacion a esa palabra, esperemos ver si alguien aporta el dato especifico... Quiza HURACAN nos pueda dar luz en ese sentido...
Saludos.
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- Daniel_Gtz
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Se me hace que nos estamos haciendo bolas...
Creo que lo importante es saber las dos respuestas sobre lo siguiente:
1. Esta en algun Contrato?
2. Cuanto tiempo tienen pagando 30 dias?
Aunque ya han mencionado muchas cosas sobre las posibles respuestas, creo seria conveniente esperar a que nuestro amigo pcclopez nos contestara, para poder ahondar mas en el asunto.
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