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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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trabajadora ya no asistio a trabajar
- cpcadena
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saludos
nota. en caso de que no acuda pos su finiquito se tiene que presentar ante la junta verdad el dinero del finiquito y ahy se queda?' me podrian dar mas informacion de que procede en ese caso
saludos
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- editor20
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durante el período de marzo a septiembre de 2010 ella disfrutó y tu le pagaste la prima vacacional de los seis días de vacaciones correspondientes al primer año de labor.
Y además:
durante el período de marzo de 2011 a la fecha de abandono del empleo ella disfrutó y tu le pagaste la prima vacacional de los 8 días de vacaciones correspondientes al segundo año de labor.
Sí esto es así sólo le debes las vacaciones proporcionales correspondientes a 10 días del tercer año de labor (2010-2011) más su prima vacacional y aguinaldo proporcional. Si hubo utilidades declaradas por el año 2010 también le adeudas la PTU a pagar en mayo o junio según corresponda. Saludos.
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- Daniel_Gtz
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Hola.. una mesera de un restaurante falto 3 dias consecutivos , faltas injustificadas... desde antes ella hizo el comentario que ya no acudiria a trabajar , por lo que se levantaron las 3 actcas administrativas por faltas injustificadas y se se presentaron ante la junta de conciliacion y arbitraje...ella en marzo del 2011 cumplio 2 años laborando no se le deben ni vacaciones ni sueldos..ahora en su finiquito solo le calculo sus vacaciones de 2011 su prima vacacional y su propocion del aguinaldo?
saludos
nota. en caso de que no acuda pos su finiquito se tiene que presentar ante la junta verdad el dinero del finiquito y ahy se queda?' me podrian dar mas informacion de que procede en ese caso
saludos
OJO!!!
"...la Ley dice mas de 3 faltas en el lapso de un mes...."
Una vez elaborado el finiquito, puede acudir a la junta con un cheque a nombre de la empleada, con la leyenda, "para abono en cuenta" (esto ultimo para que no "desaparezca" el cheque) y depositarlo en la JCA que le corresponda.
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- pepesoto
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- cpcadena
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cpcadena, al decir que no se le deben vacaciones es porque ya ocurrió esto:
durante el período de marzo a septiembre de 2010 ella disfrutó y tu le pagaste la prima vacacional de los seis días de vacaciones correspondientes al primer año de labor.
Y además:
durante el período de marzo de 2011 a la fecha de abandono del empleo ella disfrutó y tu le pagaste la prima vacacional de los 8 días de vacaciones correspondientes al segundo año de labor.
Sí esto es así sólo le debes las vacaciones proporcionales correspondientes a 10 días del tercer año de labor (2010-2011) más su prima vacacional y aguinaldo proporcional. Si hubo utilidades declaradas por el año 2010 también le adeudas la PTU a pagar en mayo o junio según corresponda. Saludos.
Asi es editor gracias solo le calcule .. las vacaciones proporcionales su prima y su aguinaldo todo en proporcion.. y si asi fue tal cual me la planteas la situacin gracias
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- cpcadena
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cpcadena escribió:
Hola.. una mesera de un restaurante falto 3 dias consecutivos , faltas injustificadas... desde antes ella hizo el comentario que ya no acudiria a trabajar , por lo que se levantaron las 3 actcas administrativas por faltas injustificadas y se se presentaron ante la junta de conciliacion y arbitraje...ella en marzo del 2011 cumplio 2 años laborando no se le deben ni vacaciones ni sueldos..ahora en su finiquito solo le calculo sus vacaciones de 2011 su prima vacacional y su propocion del aguinaldo?
saludos
nota. en caso de que no acuda pos su finiquito se tiene que presentar ante la junta verdad el dinero del finiquito y ahy se queda?' me podrian dar mas informacion de que procede en ese caso
saludos
OJO!!!
"...la Ley dice mas de 3 faltas en el lapso de un mes...."
Una vez elaborado el finiquito, puede acudir a la junta con un cheque a nombre de la empleada, con la leyenda, "para abono en cuenta" (esto ultimo para que no "desaparezca" el cheque) y depositarlo en la JCA que le corresponda.
Daniel
ARTICULO 47. SON CAUSAS DE RESCISION DE LA RELACION DE TRABAJO, SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON:
X. TENER EL TRABAJADOR MAS DE TRES FALTAS DE ASISTENCIA EN UN PERIODO DE TREINTA DIAS, SIN PERMISO DEL PATRON O SIN CAUSA JUSTIFICADA;
ya falto lunes , martes y miercoles ... hoy jueves tampoco vino... se levanta la acta administrativa señalando que falto y dar parte a la junta de conciliacion y arbitraje
solo con la leyenda... para abono en cuenta ... o para abono en cuenta del beneficiario
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