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    Inconstitucionalidad ISAI

    03 Feb 2011 18:55 #68914 por ramirito77
    Respuesta de ramirito77 sobre el tema Re: Inconstitucionalidad ISAI
    Es bueno saber eso. Yo también estaba como usted, que en Jalisco se negó, creo que en 2008, un amparo en contra de ISAI. Y vi esa noticia que en Sinaloa se había ganado y se lo comenté al abogado, que es amigo mío también, y le pareció raro que en Sinaloa hubieran declarado "operantes" los conceptos de violación, porque no es así en otros lados, como Jalisco, donde por alegar la falta de equidad de la ley no jala el amparo. O bueno, quien sabe si se usaron otros conceptos.

    Felicidades y espero haya salido bien su resolución.

    Respecto de sus inquietudes, lo siento, no sé que tratamiento se le dará a la devolución, eso déjeselo a su contador y que él se haga bolas.

    Saludos.

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    03 Feb 2011 21:02 #68921 por editor20
    Respuesta de editor20 sobre el tema Re: Inconstitucionalidad ISAI
    BR1, considero que debes evaluar por separado el efecto que te causa la devolución. Cuando se inició el tema solamente se dijo un contribuyente adquiere un inmueble. ¿Es PF o PM?, ¿Para qué lo utilizó? ¿Construyó departamentos y ya los vendió? ¿Ese inmueble aún lo conserva? Como esa contribución local es parte del MOI te afecta para actualizarlo. Cuando hay juicios interpuestos las notas a los estados financieros deben reflejar el efecto contingente a favor o a cargo resultante y además es recomendable el control en cuentas de orden, pero todo dependerá del importe del que se está hablando para tomar una decisión tanto papeleo y reconstrucción de años anteriores y retrotraer sus efectos a la actualidad, que simplemente como dices en tu opción 2, registrarlo como ingreso, lo que daría a entender que ya se enajenó el inmueble. Saludos.

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    20 May 2011 10:13 - 20 May 2011 10:20 #71714 por BR1
    Respuesta de BR1 sobre el tema Re: Inconstitucionalidad ISAI
    Gracias por los comentarios.

    Es una PM, que "adquiere" vía escisión unterreno...

    Solo para concluir el tema, ya solo se esta a la espera de la entrega del cheque, los colegiados ya resolvieron a nuestro favor.....

    En el estado de Sinaloa, reformaron la Ley respectiva en marzo de 2011, por lo que apartir de dicha reforma el amparo Vs el ISAI no procede, en Baja California pasò lo mismo...

    Asì es que, ahora queda ver cuanto es el importe que regresaran, originalmente fueron 230,000 pesos.....estoy hablando con las personas que nos dictaminan para analizar los efectos (el ISAI se pago en 2010, y como aùn no dictaminamos vere que procede).

    Un saludo!

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