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    retencion de iva completo

    22 Sep 2009 10:11 #52596 por elvin
    Respuesta de elvin sobre el tema Re: retencion de iva completo
    Por supuesto de que la respuesta al planteamiento formulado en la Revista esta correctamente constestada, pero no aplica para el caso tuyo ya que estamos hablando de lo mencionado en el Articulo 3 LIVA ultimo parrafo (organismo descentralizado), ahi estan los articulos que te mencione. Presta muchisima atencion a lo que te dice atperez

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    22 Sep 2009 11:57 #52604 por fega
    Respuesta de fega sobre el tema Re: retencion de iva completo
    el mencionado art 1a nos indica lo siguiente:

    Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los
    contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos
    Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los
    contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos

    y el art 3 nos indica lo siguiente :

    La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos
    del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban
    servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país
    en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo. También se efectuará la retención en los
    términos del artículo
    1o.-A de esta Ley, en los casos en los que la Federación y sus organismos
    descentralizados reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas morales.
    Los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como sus organismos descentralizados no
    efectuarán la retención a que se refiere este párrafo

    FEGA

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    22 Sep 2009 14:15 - 22 Sep 2009 17:04 #52611 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: retencion de iva completo
    Buenas tardes resulta que un taller mecanico p.f. regimen intermedio, le hace un servicio a comision federal de electricidad, pero a la hora del pago nadamas le hace la transferecia por el importe y no por el total...

    Liva 2009

    Artículo 3o.-

    ...

    La Federación y SUS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS EFECTUARÁN igualmente la retención EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas,...



    Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos

    ..

    El retenedor EFECTUARÁ LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO en el momento en el que pague el precio o la contraprestación y SOBRE EL MONTO DE LO EFECTIVAMENTE PAGADO


    Título primero




    Comisión Federal de Electricidad

    ESTATUTO ORGÁNICO DE COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD


    TÍTULO I
    De la Organización


    CAPÍTULO I
    Disposiciones Generales

    ARTÍCULO 1o.- La Comisión Federal de Electricidad es un ORGANISMO DESCENTRALIZADO de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la planeación del Sistema Eléctrico Nacional, así como la generación, conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica para la prestación del servicio público y la realización de todas las obras, instalaciones y trabajos que se requieran para el cumplimiento de su objeto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás ordenamientos aplicables.

    ...

    ___________________________________________________
    1Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de marzo de 2004.





    www.cfe.gob.mx


    PUES SI........SI PROCEDE LA RETENCION.......Y POR TODO....


    SALUDOS

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    22 Sep 2009 16:32 #52621 por Alberto FC
    Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: retencion de iva completo
    La Ley del IVA establece, entre muchas otras, las siguientes 2 obligaciones:

    A) La obligación de pago de IVA, en su art. 1.

    B) La obligación de retención de IVA, en su art. 1-A.

    Respecto a la primera se establece que: "Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes: I.- Enajenen bienes, II.- Presten servicios independientes, III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes, IV.- Importen bienes o servicios".

    Respecto a la segunda se establece que: "Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos: I. Sean instituciones de crédito que..., II. Sean personas morales que..., III. Sean personas físicas o morales que..., IV. Sean personas morales que..."

    Hasta aquí, pudiera considerarse que solo las personas fisicas y las morales, así como las instituciones de crédito son las únicas obligadas al pago y, en su caso, efectuar la retención del IVA.

    Pero no, ya que el artículo 3 de la LIVA expresamente estipula:

    1.- En su primer párrafo:

    "La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados, las instituciones y asociaciones de beneficencia privada, las sociedades cooperativas o cualquiera otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación a que se refiere el artículo primero..."

    Lo cual significa que; todos los entes aquí listados de igual manera se encuentran obligados al pago del IVA, sin excusa ni pretexto.

    2.- En su penúltimo párrafo:

    "La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo. También se efectuará la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley, en los casos en los que la Federación y sus organismos descentralizados reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas morales."

    Cierto, este párrafo expresamente establece que la Federación y sus organismos Descentralizados efectuaran la retención: "cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país...también en los casos en los que...reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas morales...".

    Pero no menos cierto es que dicho párrafo expresamente señala que dicha retención se efectuará: "en los términos del artículo 1o.-A".

    Lo cual NO significa que la Federación y sus organismos descentralizados deban efectuar la retención por la totalidad de los actos ni por la generalidad de las operaciones, sino que para hacerlo deberá atender a los supuestos establecidos en el artículo 1-A LIVA.

    En efecto, ya que la expresión: "efectuará la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley", obliga a la Federación y sus Organismos Descentralizados, a remitirse a dicho numeral para saber si por lo actos u operaciones realizados se encuentra obligada a efectuar la retención. La pauta para saber si la Federación y sus OD se encontran obligados o no a efectuar retención alguna, la define el art. 1-A de LIVA tan es así que empieza diciendo: "Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:"

    En conclusión:

    - Lo establecido en el primer párrafo del art. 3 de la LIVA, bien puede considerarse una extensión del art. 1 de la LIVA, pues ambos se refieren a la obligación de pago. Digo extensión, pues el 1 se refiere a Personas Fisicas y Morales, y el 3 en su primer párrafo aclara y/o hace extensiva la obligación de pago a la Federación y sus OD.

    - Lo establecido en el penúltimo párrafo del art. 3 de la LIVA, bien puede considerarse una extensión del art. 1-A de la LIVA, pues ambos se refieren a la obligación de retención del IVA . Digo extensión, pues el 1-A se refiere a Personas Fisicas, Morales e instituciones de credito, y el 3 en su penúltimo párrafo aclara y/o hace extensiva dicha obligación a la Federación y sus OD.

    - Pretender que la Federación y sus Organismos descentralizados tengan la obligación de efectuar la retención por la totalidad de los actos y la generalidad de las operaciones, sin atender a los supuestos del 1-A de la LIVA, nos llevaría al absurdo de que, por ejemplo, siempre que reciban servicios de PF les efectúen a estas la retención de la totalidad del IVA sin atender al tipo de servicios que prestan, aún cuando el 1-A expresamente se refiere a servicios personales independientes

    La práctica de la CFE comentada, no tiene sustento juridico alguno, pues como vimos se encuentra obligada a pagar el IVA en forma íntegro sin que haya lugar a efectuar retención alguna.

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    22 Sep 2009 16:50 - 22 Sep 2009 16:52 #52624 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: retencion de iva completo
    chispas...........donde dice eso que dices ........ALBERTH

    Pero no, ya que el artículo 3 de la LIVA expresamente estipula:

    1.- En su primer párrafo:

    "La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados, las instituciones y asociaciones de beneficencia privada, las sociedades cooperativas o cualquiera otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación a que se refiere el artículo primero..."

    Lo cual significa que; todos los entes aquí listados de igual manera se encuentran obligados al pago del IVA, sin excusa ni pretexto.

    DICE.....deberán aceptar la traslación a que se refiere el artículo primero..."....ACEPTAR LA TRASLACION...ES MUY DISTINTO A ESO QUE DICES QUE DICE EL ARTICULO....QUE A HUIVIS Y SIN ESCUSA NI PRETEXTO LO DEBAN PAGAR


    NO DISTINGAS......DONDE LA LEY NO LO HACE...NO LO HAGAs.....

    el contribuyente del ejemplo cumple claramente con trasladar el iva......y la CFE .....ACEPTA LA TRASLACION........TAN LO ACEPTA,.QUE LO...... RETIENE ,........PARA "ENTERARLO" EN SU MOMENTO

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    22 Sep 2009 16:58 #52626 por Alberto FC
    Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: retencion de iva completo
    ...deberán aceptar la traslación a que se refiere el artículo primero..."

    1.- Deber=Obligación

    2.- Traslación = Pago conforme al tercer párrafo del 1 de la LIVA en donde se establece: Se entenderá por traslado del impuesto el cobro o cargo que el contribuyente debe hacer...

    Allí esta claramente establecido.

    Lo que para la PF es un cobro, para el prestarario de los servicios (quien los recibe) es un pago.

    Si el prestatario no ha hecho el pago, la PF no ha realizado el cobro, entonces el prestatario no ha aceptado el traslado.

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