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    Liquidacion de aportaciones empleado dado de baja...ayuda

    26 Ene 2007 17:41 #3925 por gaboaranda

    Hola..

    Entonces lo que tienes que hacer de entrada es realizar los pagos con Actualizacion y Recargos de la persona que diste de baja en el SUA Involuntariamente.


    FUNDAMENTO

    Artículo 37. En tanto el patrón no presente al Instituto el aviso de baja
    del trabajador, subsistirá su obligación de cubrir las cuotas obrero patronales
    respectivas;

    Despues hacer una reclamacion de las cuotas pagadas por error.


    aRT 37
    sin embargo, si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por otro PATRON, el Instituto devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las cuotas obrero patronales pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.

    ESE SERIA EL PROBLEMA PARA LA DEVOLUCION

    SALUDOS

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    29 Ene 2007 20:48 #4076 por jcmartin

    Hola..

    Entonces lo que tienes que hacer de entrada es realizar los pagos con Actualizacion y Recargos de la persona que diste de baja en el SUA Involuntariamente.


    FUNDAMENTO

    Artículo 37. En tanto el patrón no presente al Instituto el aviso de baja
    del trabajador, subsistirá su obligación de cubrir las cuotas obrero patronales
    respectivas;

    Despues hacer una reclamacion de las cuotas pagadas por error.


    aRT 37
    sin embargo, si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por otro PATRON, el Instituto devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las cuotas obrero patronales pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.

    ESE SERIA EL PROBLEMA PARA LA DEVOLUCION

    Me parece que no aplica lo que mencionas Gabo, debido a que en este caso los avisos de baja estuvierón bien presentados, el error estuvo al momento de ingresarlos al sua, por lo que procede cualquier devolución con la simple demostración del aviso de baja bien presentado.

    Saludos.

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    30 Ene 2007 16:10 #4105 por gaboaranda
    jcmartin lo expuse asi por que el inseguro en estos tiempos es por la unica razon por la cual devuelve dinero, a menos que te tardes como dos o tres meses para la devolucion, pero si se logra, ahora bien tambien lo importante es pedirle al infonavit que corriga la informacion ya que con ellos no se hace devolucion sino correccion o aplicacion a cuenta de la deuda real

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    31 Ene 2007 01:01 #4164 por jcmartin

    jcmartin lo expuse asi por que el inseguro en estos tiempos es por la unica razon por la cual devuelve dinero, a menos que te tardes como dos o tres meses para la devolucion, pero si se logra, ahora bien tambien lo importante es pedirle al infonavit que corriga la informacion ya que con ellos no se hace devolucion sino correccion o aplicacion a cuenta de la deuda real


    PUES SIGO SIN ESTAR DE ACUERDO, YA QUE COMO LO COMENTO SOLAMENTE CON DEMOSTRARLE QUE PRESENTANTE LOS MOVIMIENTOS CORRECTO Y EL SUA LO HICISTE MAL, PROCEDE LA DEVOLUCIÓN.
    QUE SE TARDEN MINIMO DOS MESES PUES ES LA REALIDAD, NO CONOZCO UNA AUTORIDAD FISCAL QUE SE TARDE MENOS EN UNA DEVOLUCIÓN POR PAGO DE LO INDEBIDO.

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