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    PRIMA DOMINICAL

    28 Sep 2011 10:03 #74852 por Contribuyente
    Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: PRIMA DOMINICAL
    Buenos días.

    Palabras diferentes, resultados diferentes.

    No es lo mismo:

    Pedir
    Platicar
    Reclamar
    Denunciar
    Demandar

    Por como andan las cosas en nuestros días y lo difícil que está el conseguir y sostener un trabajo, sugiero que (si aún hay tiempo) haga las cosas en el orden en que las cito.

    Veamos porque:

    1.- Si el trabajador tiene tiempo laborando en la misma empresa.... por algo será. Quizá le gusta el trabajo como se desarrolla ahí; quizá la cercanía a su hogar; tal vez el salario; puede ser que el trato recibido; a lo mejor el ambiente con sus compañeros.

    2.- El iniciar una demanda siempre conlleva molestia entre las partes (casi siempre irreversible) peero ell pedir tal vez genere una molestia inicial, luego un periodo de asimilación y... probablemente el patrón recapacite al ver que únicamente le pueden cobrar el último año, y que los restantes.... ya se quedaron en el limbo y se fueron junto con él (recordemos que el limbo fue "descontinuado" por la iglesia).

    3.- A final de cuentas, habría que calcular cuanto le "quedará" en el bolsillo al trabajador (después de pagar los honorarios y los "gastos" del abogado) y cuanto se erogaría de parte del patrón (también después de gastos legales). Lo inteligente sería que ambos cuantificaran el resultado económico después de terminado el juicio y luego.... que también cuantificaran los perjuicios concatenados a esta clase de problemas, pues e patrón pierde un trabajador entrenado; el trabajador pierde un trabajo seguro... y ambos sentirán frustración que para disimularla la cubrirán con un orgullo equivocado. Si sacan la cuenta... ya tienen modo de hacer una transacción entre ellos, antes de entrar en gastos como los citados.

    Para mi lo cuerdo es que se cubra al trabajador lo que pueda arreglar con el patrón y que resulte mayor a un año, o.... cuando menos lo legalmente exigible que sería el periodo del año inmediato anterior y luego.... no descuidar el pago de la prima dominical para no verse en otro momento tan desagradable como el que actualmente tienen.

    Saludos a todos y... hasta luego.

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    04 Dic 2014 19:34 #99553 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema PRIMA DOMINICAL
    1.- La jornada diurna es por 7 hrs trabajaba 9 en domingo
    2.- La proporción legal por la prima dominical es de 25% para 7 hrs, se equiparen para las 9 que labora. O mas secillo el 25% de 9 hrs pagadas. Era su jornada ordinaria y de cualquier manera es un porcentaje. 2.25 horas
    3.- Prescribieron los derechos laborales superiores con antigüedad a un año de servicios.
    4.- Una queja ante la Sria del Trabajo, agilizaría su cobro, después de conseguirlo, quizás después sea despedido, bueno el art 50 debe incluirse entre el finiquito. Anticipe una solución alternativa (dialogo y conciliación con el patrón, para evitarse) llegar a la Junta y este art 50 para su liquidación)
    5.- El incumplimiento alguna obligaciones laborales por parte del patrón, le da derecho a rescindir el contrato y a que sea liquidado con indemnizaciones. Se quedaría sin trabajo y deberá conseguir otro. El asunto pasara a la Junta.

    Si prosperaría su demanda laboral, de fincarse con el sigilo apropiado, con el pago de indemnizatorio correspondiente. El problema es el tiempo que se llevara.


    Demandar va primero, contribuyente. Demandar judicialmente o laboralmente, va al final. Y platicar iría en segundo lugar o junto con demandar, pedir, reclamar... Finalmente lo que estas demandando, solicitando, según el estilo, son derechos que ganaste y no han sido retribuidos.

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    01 Sep 2021 10:42 - 06 Sep 2021 17:28 #110006 por ricardodp
    Respuesta de ricardodp sobre el tema PRIMA DOMINICAL
    Si le corresponde prima dominical, pero solo sobre el último año
    no podrá reclamar los años anteriores.

    www.nominapro.mx/blog/prima-dominical/

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