Radio Aportaciones:  
--:--  | : 20hs-24hs -
Toggle Bar

    asesores laborales,

    • Habemus UMA 2021, UMI al rato.

       

      af uma 4

      Al iniciar el año debemos tener claro que existen diversos indicadores que es necesario actualizar o estar al pendiente de su publicación para actualizar nuestros software o papeles de trabajo, entre ellos podemos citar:

    • Herramienta de consulta de régimen fiscal.

      El SAT lanzo una herramienta para poder consultar el régimen fiscal del contribuyente, buscando con ello facilitar la consulta a la hora de expedir los CFDI o buscar reducir en algo la necesidad de los contribuyentes de tener que estar descargando y entregando la “Constancia de Situación Fiscal”. La herramienta para consultar los datos fiscales del contribuyente la encuentras en; https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales 

      La herramienta si bien es buena y sirve, no soluciona del todo, ya que lo que se obtiene al consultar es lo siguiente;

    • Inflación Anual 2021

      Una vez publicado en el DOF el INPC correspondiente al mes de diciembre 2021 estamos en condiciones de decir que la inflación anual del ejercicio 2021 es de 7.36%

       

      INPC 12 2021

    • INPC 2018, Actualizado.

      inpc 2

       

      El 24 de agosto de 2018 se publicó en el DOF el INPC ya con las ciudades y ponderaciones de los genéricos que conforman la nueva base, segunda quincena de julio de 2018=100, que viene a remplazar a los determinados en base la segunda quincena de diciembre de 2010.

      En el espectro fiscal el cambio de dicho indicador repercute en los cálculos de actualización de impuestos, la determinación de algunos efectos para la base de ISR, incide igualmente en el software conocido como SUA, por lo que es de esperarse una actualización al mismo o un vulgar parche.

      Como dato anecdóticoes de comentar que el INPC correspondiente al mes de agosto 2018 por parte del INEGI publicado el 10/09/18 era incorrecto, ya que el publicado fue de 100.942, pero por medio de una nota aclaratoria se hizo la precisión o corrección para señalar queel INPC correspondiente al mes de agosto 2018 es 100.492, al margen de que hemos "subido" un archivo en pdf a nuestra bien surtida sección de descarga con los INPC, a continuación una imagen con la tabla de los INPC determinados sobre la nueva base.

    • ISR Anual en parcialidades, falta de pago oportuno.

      La RM 3.17.3 de la RMF 2021 contempla no solo la posibilidad de pagar en parcialidades el ISR de la declaración anual del ejercicio fiscal 2020 de las personas físicas, igual contempla la posibilidad de que por descuido el contribuyente no cubra alguna de las parcialidades solicitadas en tiempo y forma y los pasos a seguir para obtener la nueva línea de captura para su pago. No es necesario elaborar una declaración complementaria, lo que se dispone es lo siguiente;

    • La ley dice, la autoridad dice, ¿Qué hacer?

      PTU 3

       

      Una pregunta que será recurrente por parte de los trabajadores a los patrones y de estos a los asesores (aquí entramos) en estos días será la de; ¿Cuándo van a pagar la PTU?, de común se suele decir que las “empresas” o sociedades la deben pagar en mayo y que las personas físicas en junio, pero ¿Qué dice la ley?

    • La sustitución laboral, posibles impactos en ISR e IVA

      Conforme a la reforma reciente en materia de la subcontratación de personal (outsourcing), se adicionó un tercer párrafo al Artículo 41 de la Ley Federal de Trabajo (LFT).

      Af out5

    • Ley de ingresos y presupuesto de egresos 2019.

      AMLOVER 1

      El fin de semana, fueron presentados para su "discusión" y aprobación tanto el presupuesto de egresos como la ley de ingresos que van a regir en 2019, de la misma manera se dieron a conocer los "Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación Correspondientes Al Ejercicio Fiscal 2019", todo se encuentra disponible en la sección de descargas de esta nuestra casa. Se destaca la propuesta de "sepultar" la compensación universal. En el transcurso del día se anticipa que a eso de la 1:00 de la tarde se de a conocer el salario mínimo general, distintas versiones y fuentes (agradecimiento especial al CP Gabriel Aranda Zamacona) indican va a quedar en 102.00, pero el anuncio oficial como se ha dicho será a la una de la tarde.

    • Links de utilidad práctica.

      En un mundo digitalizado como el que se vive resulta indispensable conocer y tener a la mano direcciones de “sitios” oficiales que de una u otra manera se vuelven necesarios, tanto en el trabajo como en la vida cotidiana. Quizá fuiste de los afortunados que recibieron vía mensaje un listado de sitios de interés, quizá no, para evitar especular te vamos a traer dichos vínculos en una serie de publicaciones, para que sea una fuente de consulta permanente. Es frecuente escuchar que "una imagen dice mas que mil palabras", veamos pues lo siguiente;

    • Liquidación simplificada de sociedades mercantiles.

      Liquidacion SM 1

       

       

       

       

       

      El 24 de enero se publicó en el DOF el:

      DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles”.

       

      Destacando la adición de: 

      SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LALEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

      Artículo Único.- Se reforman los artículos 232, párrafos segundo, tercero y cuarto; 236, párrafo segundo; 238, párrafo primero; 242, segundo párrafo de la fracción V; se adicionanuna fracción VI, al artículo 229; un segundo párrafo al artículo 237; un tercer párrafo al artículo 238; un segundo párrafo al artículo 240; un segundo párrafo al artículo 241; un segundo párrafo al artículo 242; un segundo párrafo al artículo 245; un segundo párrafo al artículo 246; un segundo párrafo al artículo 247; los artículos 249 Bis y 249 Bis 1 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para quedar como sigue:

       

      A continuación reproducimos en forma literal los artículos citados para su conocimiento;

       

    • Los servicios que puede prestar un contador y el cliente no lo pide.

      ¿Cómo lograr que mi asesor no se ubique en la zona de confort?

      El comentario o referencia de “zona de confort” se utiliza cada vez con mayor frecuencia y en cualquier cantidad de temas o situaciones. Para los empresarios es vital que lo que gastan o invierten resulte rentable, por lo que explotar o hacer desquitar hasta el último centavo que se le paga a un asesor externo resulta ideal. Pero, para lograr que a quien se le paga se gane a pulso sus honorarios, el empresario debe saber que está en condiciones de pedir o exigir, de no saberlo. ¿Cómo exigirlo?

      Revisa lo pactado en el contrato de servicios celebrado. Para saber lo que vamos a recibir a cambio del pago que vamos realizar es necesario tener claro que fue lo acordado, por ello conviene tener presente el contrato celebrado. De esa forma sabremos a lo que tenemos derecho y a lo que nos obligamos cada una de las partes, al igual que las formas en que los servicios serán prestados, el flujo de información, la forma en que accederemos a la asesoría y más. 

    • Mas vale tarde que nunca.

      sat comunicado

      Mediante un escueto comunicado en su sitio oficial, la autoridad tuvo a bien el dar a conocer la facilidad consistente en la no presentación de la declaración informativa anual para el ejercicio de 2017 del subsidio al empleo. Como se comento en ocasiones anteriores se tenía la incertidumbre o pólemica sobre la obligación de presentar el DIM-Anexo I por el ejercicio 2017. Mediante este comunicado el SAT da por sanjada cualquier duda que sobre el tema pueda existir, el comunicado lo pueden encontrar haciendo clic aquí en el portal del SAT, por lo que resulte de utilidad lo reproducimos a continuación en forma íntegra:

    • México de la patada.

      Autogol 1

      A propósito de un nuevo escándalo que involucra a equipos de la “Liga MX” (probablesprácticas monopólicas) recordamos que en mayo 2017 en este espacio publicamos un mensaje con el título¿Qué activad sería más sencilla y rentable de fiscalizar y documentar?,en el que se planteaba a manera de intento de orientación para la autoridad algunas consideraciones en las que podrían basarsepara dirigir sus actividades fiscalizadoras con garantía de recaudación a 4 actividades en particular, entre las que se contemplaba aJugadores y equipos profesionales de futbol. De esa fecha al día de hoy hemos conocido noticias en torno al “mundillo” del balón-pie que nos hacen pensar que el tiro libre que se realizó no iba tan desviado de la meta.

    • Mi Pensión Digital.

      MI PENSION DIGITAL IMSS

      El 16 de febrero del 2018 se publico en este mismo espacio un artículo que hacia referencia a una “Calculadora de pensión, Oficial”, tanto esa información como la que hoy ponemos a su alcance, son resultado del trabajo puntual y oportuno de difusión de noticias en materia de seguridad social realiza nuestro sitio hermano; "El Nido del Seguro", cuyo titular el CP Gabriel Aranda Zamacona,quien como se ha dicho en anteriores oportunidades mantiene un contacto directo y permanente con las autoridades, para beneplácito de todos.

      Cortesía de “El Nido del Seguro”, se pone a su alcance una breve explicación de las características del sistema Mi pensión Digital IMSS.

    • Mujeres Embarazadas, Derechos y Obligaciones.

      La mujer, ese ser maravilloso que tiene en exclusiva el derecho de albergar vida en su vientre. Ese ser que por necesidad tuvo que abandonar su hogar e incorporarse a laborar para apoyar o incluso sacar adelante la economía familiar.

      ¿Acaso existe alguien que pueda decir nunca ha tenido o tendrá algún tipo de relación con una mujer embarazada?, ya como esposo, hermano, padre, amigo y un largo etc.

      Sea cual sea el grado de relación, los tiempos actuales nos dicen que hoy día (para bien ó para mal)  es altamente probable esa mujer embarazada se encuentre sujeta a una relación de trabajo, por lo que conocer sus derechos y obligaciones en materia laboral se vuelve no solo necesario, si no hasta obligado, ya que en un momento u otro nos van a preguntar (o nosotros mismos nos preguntaremos) sobre su rol, derechos y obligaciones.

      El compañero LC JESUS A RUIZ UZCANGA nos aporta un material valioso y de lectura obligada, mismo que se pone a su consideración a continuación;


      LAS MUJERES TRABAJADORAS, EMBARAZO Y RELACION LABORAL, DERECHOS Y OBLIGACIONES

      Hablar del embarazo, es hablar, de la creación del ser humano, es hablar de la llegada de un nuevo ser al seno familiar, sin duda, es lo más hermoso que puede haber.

      Es algo que tenemos que admirar de una mujer, y más aun si al mismo tiempo es trabajadora, que es una una persona que contribuye al gasto familiar o en muchos casos es el único sustento de un hogar.

      Por eso en el presente artículo, abordaremos los derechos y obligaciones que tienen como trabajadoras afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social. Claro pueden estar afiliadas como trabajadoras a otras dependencias de seguridad social, pero en el presente estudio solo abordaremos el caso de IMSS.

       

    • Negocios en mente: el contador o asesor, una “carga” más que considerar.

      Tener la intención de comenzar un negocio coloca al emprendedor ante una serie de incertidumbres y angustias, algunas conocidas o preconcebidas y otras insospechadas. Y es que darse cuenta que para montar y poner en marcha un negocio no basta con tener la voluntad y/o capital, sino que debe darse satisfacción a una serie de requisitos y trámites, que en ocasiones se antojan interminables, lo que suele ser desalentador. Lamentablemente el presente no tiene por objetivo simplificar ese proceso o eliminar incertidumbres, puede decirse que incluso viene a agregar una que si el empresario no contempla en forma oportuna puede dar serios dolores de cabeza, nos referimos a la contratación del servicio de asesoría contable y fiscal. 

      El empresario debe tener ante todo bien claro qué servicios busca y le proporcione la información al contador antes de contratar, saber lo que (y cada cuando) debe pedir, para establecer de común acuerdo márgenes mínimos de tranquilidad y confianza.

      Partiendo de que el emprendedor no es un especialista que pueda definir por sí solo el tipo de contribuyente con el que debe operar su negocio, ni el régimen fiscal más adecuado a su actividad, es que debe quedarle claro que esas decisiones deben ser tomadas por un profesional especializado en la materia.

      ¿Qué debe tenerse en cuenta al contratar un asesor contable y fiscal?

    • No es lo mismo MAYUSCULAS que minúsculas.

      AF Escritorio Virtual 2

      Un buen tip para poder realizar lo que puede ser un engorroso trámite (o al menos complicado), la inscripción al escritorio virtual del IMSS.

      Este tip es resultado de la experiencia personal de uno de nuestros compañeros, se comparte para que si les llega a pasar se ahorren tiempo, esfuerzo y corajes. El proceso de registro se supone no debe resultar complejo, en principio.

      Ingresar a www.imss.gob.mx, buscar y acceder al apartado patrones, para dirigirnos al apartado de escritorio virtual.

      El sistema solicita la CURP, luego de teclear dicho dato permite avanzar en el proceso y solicita los archivos de la firma electrónica. Todo eso se hace sin problema alguno, el detalle es que luego de verificar los archivos de la fiel e intentar avanzar en el proceso se despliega un mensaje de error.

      Los datos de entrada no coinciden con la entidad externa RENAPO

      ¿Por qué ese mensaje?, más aun, ¿Cómo se resuelve?,

    • No es lo mismo servicio independiente, servicio especializado y/o subcontratación de personal.

      AF stps

      La Prodecon (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) publicó un criterio relacionado con la Reforma al Outsourcing, toda vez que resulta importante distinguir los conceptos de la subcontratación de personal, de servicios especializados y de los servicios independientes, de acuerdo a lo siguiente:


      Subcontratación de personal: Es cuando una persona física o moral denominada contratista, proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra conocida como contratante. 

      Así, para la existencia de la subcontratación de personal se requieren lo siguiente:

    • Nuevas Tarifas de ISR Personas Físicas 2024

      AF tarifas 1

      Antes de que llegue 2024, antes de que cierre el año y empiecen a inquietarse y a preguntar por las nuevas tarifas para ISR de salarios (en particular) y de ISR para personas físicas en general, ten en consideración que la tarifa que aplicas actualmente con toda seguridad será la misma que aplicaremos a partir del 01/01/2024, es decir, no habrá cambio alguno. ¿Motivo?, sencillo y elemental.

    • Pago en parcialidades de ISR Anual de Personas Físicas

      Factores para parcialidades de ISR Anual 2020 PF

      Toda vez que la autoridad concedió una ampliación al vencimiento de la declaración anual de las personas físicas del ejercicio 2020, mismo que vence el 31/05/2021, no debemos olvidar que dichos contribuyentes cuentan con la facilidad de realizar el pago del ISR que les pudiera resultar a cargo hasta en 6 parcialidades. Lo que no es cosa menor, ya que esa misma facilidad no se concede a las personas morales.

      Así las cosas, si en la declaración anual del ejercicio 2020 se tiene un ISR a cargo y el contribuyente desea pagarlo en parcialidades (máximo 6 pagos), dependiendo del número de parcialidades elegidas, para obtener el monto a pagar por cada parcialidad deberá dividir el importe a pagar sin incluir la primera parcialidad (saldo) entre el factor que le pueda corresponder conforme a la R.M. 3.17.3, a continuación un ejemplo con cifras para ejemplificar lo escrito.

    • PAGOS POR SEPARACIÓN, LA EXENCIÓN ¿EN SALARIO MÍNIMO GENERAL O UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN?

      Compensacion 7

      En días pasados la PRODECON dio a conocer el Criterio Jurisdiccional 26/2019 en el cual menciona que para el pago del ISR por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, el cálculo de los ingresos exentos debe realizarse tomando como base el salario mínimo, bajo el razonamiento de que este puede seguir siendo empleado como índice, unidad, base, medida o referencia respecto de todos aquellos conceptos que incidan en el ingreso de los trabajadores.

      Como es lógico, al cuantificar las exenciones de los pagos por separación con base en el salario mínimo general su monto será mayor del que hubiera resultado al calcularlas con base en la UMA lo cual repercute en la determinación de un ISR menor, situación que si bien es cierto representa un beneficio económico para los trabajadores no necesariamente significa que sea lo correcto jurídicamente hablando; por lo que a través del siguiente análisis buscamos dar respuesta a la inquietud surgida en el sector patronal ante el citado pronunciamiento. 

      Distorsión de la naturaleza del Salario Mínimo

    • Pasión, pensión, ¿Alcanza?

      Pensió 3

      Pasar de la edad de la pasión a la edad de la pensión debiera ser una buena noticia, ya que se supone se dejara de trabajar para disfrutar de los beneficios acumulados durante la vida laboral, pero no siempre es así. En nuestro país debemos empezar por identificar la fecha en que se empezó a trabajar para saber conforme a que ley (Régimen) se podrá pensionar. 

       

      Nuestro amigo el CP Gabriel Aranda Zamacona, titular de www.elnidodelseguro.com nos ayuda a conocer los posibles escenarios por medio de la siguiente imagen;

       

    • Por 2017, NO constancias de ingresos y retenciones.

      En los días por venir no será extraño que clientes personas físicas (asalariados en su gran mayoría) nos llamen extrañados para decirnos o preguntarnos si es cierto que este año ya no les van a emitir constancia, si recursos humanos lo sabe, nosotros no podemos quedarnos a la zaga.

      Recuerda que contador prevenido vale por dos, quizá te resulte de utilidad el siguiente texto para anticipar esas llamadas y mandar una circular adaptando el siguiente modelo a tus necesidades particulares.

    • Pre-Anual 2018, una oportunidad antes del cierre.

      COmuniSAT 2

      Hoy 12 de noviembre el SAT nos da a conocer mediante un comunicado de prensa (059/2018) que habilito en su portal un simulador de la declaración anual 2018. Es una herramienta que no debe pasar desapercibida, ya que nos permite anticipar saldos a cargo  o presupuestar con posibles saldos a favor. Suponiendo que el caso sea un saldo a cargo, tienes un mes y medio para pensar si lo pagas o procurar hacer algo para reducir su impacto. A continuación el texto íntegro del comunicado referido:

    • Premios por asistencia, puntualidad y alimentos en la mira del SBC

      AF punt 2

      Ya en el pasado se hablo por parte de la autoridad de homologar las bases de tributacion en materia de sueldos y salarios, es decir, que lo que sirve de base para calcular el ISR sea lo mismo que sirve de base para pagar las cuotas al IMSS e INFONAVIT por lo menos, ya que la tentativa es de orden federal, esperando los estados hicieran lo propio para el impuesto sobre nominas. En el pasado (2013) no se concreto la propuesta, pero ahora vuelve la propuesta de modificacion a la ley del seguro social y las posibilidades de que prospere son bastantes, ya que emana del grupo parlamentario de MORENA.

    • PTU 2020. Cuándo se pierde el derecho de cobrarla y que pasa con los “trabajadores” que no son “trabajadores” (outsourcing).

      AF PTU 1

      En este mes de mayo, fecha en que las empresas (personas morales) están obligadas al pago de la Participación de los Trabajadores en las utilidades (PTU), conviene tener presente la fecha de prescripción para que un trabajador haga efectivo su derecho a cobro, vamos también a tratar en el presente la realidad de trabajadores que laboran en un establecimiento sin que su relación de trabajo se encuentre reconocida por el patrón radicado en dicho establecimiento, si no que “formalmente” depende de otra razón social.

      Prescripción del pago de la PTU

    • PTU, días a considerar para base de reparto, RIF y CFDI de PTU no cobrada.

      PTU RIF 2

      Cuando se reparte PTU se tiene la problemática de lograr que los trabajadores acepten o entiendan que no a todos les toca lo mismo, por la simple y sencilla razón que no todos tienen las mismas bases de consideración para su cálculo y determinación. Si se les dice queuna parte se reparte en base a sueldo, lo ven mal, porque quien gana más, tendrá más PTU y cuando le informas que laotra parte se reparte en base al número de días trabajados la cosa no se pone menos difícil, porque van a señalar que hubo quienes faltaron más y de todos modos les toca más, ¿Por qué?, simple,no todas las faltas se descuentan.

      Por lo antes expuesto debemos considerar que existen conforme a LFT (ver artículo 127) ciertos días en los que aunque el trabajador no se presente a laborar se le debe considerar como laborado, ¿cuáles?, los siguientes:

    • PTU, mayo y junio, obligación a revisar y cumplir.

      EL pago de la PTU es una obligación, siempre y cuando exista base para ello, es decir, que el patrón para quien se trabajo el año inmediato anterior haya determinado base para su cálculo. Año con año la autoridad (SAT) emite un manual bastante completo sobre el tema, consideramos de utilidad su revisión, por lo que lo ponemos a su alcance en nuestra sección de descargas, Manual PTU SAT.  No dejar pasar que existen entidades o patrones No obligados a repartir utilidades, la pregunta es; ¿Qué patrones no están obligados a repartir PTU?, la respuesta es:

    • Publicaciones relevantes en 2018 aplicables en 2019

      RF 2019 4

      24/12/2018. Se publican losANEXOS 1-A, 5, 8, 11 y 27 de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada el 21 de diciembre de 2018. Destacar que el Anexo 5 se refiere a la actualización de cantidades contempladas en CFF, multas por ejemplo, mientras queel Anexo 8 se refiere a las tarifas y tablas que se utilizan para determinar el ISR (personas físicas)señalando que no sufren modificación alguna en relación a las utilizadas durante 2018, ¿Se esperaban cambios para la tarifa y tabla?, si y no, no porque la inflación anual no fue mayor a 10%, si porque con los nuevos salarios mínimos, sobre manera el aplicable a la frontera norte, se les elimina el beneficio del subsidio al empleo.

      26/12/2018. Se dan a conocer los salarios mínimos vigentes a partir del 01/01/2019. Como novedad se tiene la creación de la zona libre de la frontera norte con un salario mínimo general de $176.72. Para el resto del país el incremento fue del 16.20%, quedando elsalario mínimo general de 2019 en $102.68.

      28/12/2018. Ley de Ingresos de la Federación,se lleva la nota sin duda alguna la eliminación de la compensación universal,parte del sector empresarial la denomina “ley gandalla”. Impacto similar es el que se contiene con la nueva redacción parala aplicación del llamado crédito diésel, ya que en principio ahorasolo será aplicable contra el ISR del ejercicio,afectando a sector autotransporte y agropecuario. La LIF contempla en sus artículos transitorios una de facilidad para ponerse al corriente en la presentación de avisos de actividades vulnerables.

      31/12/2018. Se publicó elDECRETO de estímulos fiscales región fronteriza norte, mismo que otorga como beneficios especiales pagar solo dos terceras partes del impuesto sobre la renta (para persona moral se traduce en pagar un 20% en lugar del 30%) y en el impuesto al valor agregado es aplicar una tasa disminuida al 50% de la tasa general, quedando en 8%.

    • Publicaciones y notas relevantes del 09/02/2019 al 08/03/2019.

      logo apor2

      Aquí tu resumen de publicaciones relevantes en el periodo del 09/02/2019 al 12/03/2019, esperando sea de tu agrado y/o utilidad, recuerda si tienes alguna noticia que consideres debe ser compartida la puedes hacer llegar a los correos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., porque el conocimiento si no se comparte, ¡Se pierde!

      Publicaciones y notas relevantes del 09/02/2019 al 12/03/2019.

    • Recibos de Nomina 2019 con errores, posible corregirlos.

      AF CFDI nomina 2

      Cualquier facilidad que la autoridad otorgue merece ser considerada, analizada y en caso de resultarnos conveniente, ejercerla. Ante la posibilidad de que un patrón haya cometido errores en sus procesos de nómina y estos hayan quedado plasmados en los CFDI emitidos, la autoridad mediante la regla 2.7.5.7 de la RMF 2020 otorga la facilidad de enmendar dichos errores y poder en consecuencia proceder a considerar deducibles las partidas erogadas.

      Para todo contribuyente resulta fundamental maximizar las deducciones autorizadas en materia de impuestos, ya que de no hacerlo el pago de sus contribuciones se realizara sobre una base irreal. Uno de los conceptos que se tiene derecho a deducir es el pago por sueldos y salarios, pero no debemos olvidar que si bien se tiene derecho a su deducción, la misma está condicionada a cumplir con requisitos, uno de ellos el que lo que se pretende deducir haya sido consignado en un CFDI, se sugiere la lectura del artículo 26 fracción V para mayor referencia. Emitir el CFDI es pues un requisito indispensable, pero si el CFDI fue emitido con errores la deducción resulta improcedente.

      Conviene pues no pasar por alto la citada regla, misma que se cita a continuación;

    • RECOPILACIÓN DE REGLAS 2018 EN MATERIA DE ISR PARA PERSONAS FÍSICAS

      PF 5

      RECOPILACIÓN DE REGLAS 2018 EN MATERIA DE ISR PARA PERSONAS FÍSICAS

      Autor: Dr. Yeudiel Almaraz Domínguez

       El autor de esta recopilación es Doctor en Ciencias de lo Fiscal con mención honorífica por el Instituto de Especialización para Ejecutivos, S.C. Maestro en Derecho Fiscal y Licenciado en Contaduría por la Universidad Regional del Sureste, A.C. Licenciado en Derecho y aspirante a estudiante de la licenciatura en economía por la Universidad Nacional Autónoma de México. Diplomado en Impuestos, Seguridad Social, Laboral y Defensa Fiscal. Conductor del programa Análisis Corporativo Fiscal en Argos Cursa Radio. Catedrático a nivel licenciatura y de posgrado; agente capacitador externo avalado por la STPS para impartir cursos de capacitación y adiestramiento. Conferencista en temas de estrategia y reingeniería corporativa fiscal.

      El día viernes 22 de diciembre de 2017, sale publicada en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal 2018, y de la cual, te presentamos una recopilación de las reglas que consideramos de mayor uso y aplicación para el pago del ISR para personas físicas, mismas que se presentan a continuación:

    • Reducción de Multas del SAT, vigente al 31 de diciembre 2022

      AF reduccion

      La reducción de multas por infracciones a disposiciones fiscales está contemplada en Código Fiscal de la Federación (CFF), se establece en el Artículo 74 del CFF. Este artículo señala que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) puede reducir hasta 100% de las multas por infracciones a las disposiciones fiscales y aduaneras, inclusive las que determinen los propios contribuyentes.

      En estos casos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establecerá, mediante reglas de carácter general, los requisitos y supuestos por los cuales procederá la reducción, así como la forma y plazos para el pago de la parte no reducida.

      Requisitos:

    • Reflexiones sobre el ajuste al monto de PTU (parte 1 de 2)

      AF PTU 4

       

      En el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de Subcontratación Laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 23 de abril de 2021, se incluyó la adición de una fracción VIII al artículo 127 de la LFT para quedar como sigue:

      Artículo 127.- El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ajustará a las normas siguientes:
      I. a VII....
      VIII. El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

      (Énfasis añadido)

      La última oración de dicha fracción “se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador” resulta ser una banalidad bajo las siguientes 2 consideraciones:

    • Reflexiones sobre el ajuste al monto de PTU (parte 2 de 2)

      AF PTU 1

      A pesar de lo dispuesto por nuestra Ley Suprema, la LFT establece en su artículo 127, fracción VIII, (fracción vigente a partir del 24 de abril del 2021) que el derecho a la PTU se ajustará a un monto diverso, cuya mecánica de cálculo puede significar en ciertos casos que se deje de percibir una parte de dicho concepto causando dicho cercenamiento el desdibujamiento del significado histórico que entraña la PTU y, lo que es más cuestionable aún, que una Ley Secundaria, en este caso la LFT, contravenga lo que al efecto establece nuestra Constitución Federal, lo que acontece cuando mediante la mutilación injustificada de la PTU se está coartando un derecho de rango Constitucional.

      Ello se estima, de manera práctica, si partimos de la mecánica prevista en la actual fracción VIII del artículo 127 de la LFT, de cuyo ejercicio se puede llegar a que, por ejemplo, de una utilidad repartible entre los trabajadores que represente el 100% se termine repartiendo solo el 88% de ésta, lo que inversamente significa que únicamente se estaría repartiendo entre los trabajadores el 8.8% de la renta gravable y no el 10% que debe repartirse por mandato Constitucional.

    • Reforma a pensiones, de momento no.

      En septiembre pasado se presentó una iniciativa para proponer modificaciones a la ley del seguro social y a los sistemas de ahorro para el retiro, con un impacto directo al esquema de pensiones, incluso a la llamada Modalidad 40 al reducir el tope máximo de 25 a 10. El lunes 5 de octubre se realizó una mesa de trabajo y análisis convocado por el Diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, en dicha reunión se contó con la destacada participación del CP Gabriel Aranda Zamacona, resultado de lo que se dijo, expuso, fundamento y argumento, la citada iniciativa fue retirada al día siguiente, tal y como se puede constatar en la siguiente imagen;

    • REPSE, ICSOE, SISUB y lo que falta.

      Pensamos que lo primero era definir si se ponía o no personal a disposición de los clientes, es decir, si nuestro personal se subordinaba a instrucciones de terceros, pero luego surgió eso parecido a título de película de “bajo el mismo techo”, que sumado a la postura de clientes de “te registras o no te doy trabajo”y la labor de definir la obligatoriedad dejo de tener importancia para adaptarse a las exigencias de los clientes.

      Aceptando en múltiples casos el registro a regañadientes, la pregunta es, una vez registrado, ¿Con que tengo que cumplir?.

    • Retención de ISR sobre propinas, patrones NO obligados, dependiendo del origen

      AF PROPINAS 1

      Mediante tesis que se publicó el viernes 9 de julio de 2021 en el Semanario Judicial de la Federación, se resolvió sobre la obligación del patrón de giros como hoteles, restaurantes, bares y análogos, de retener y enterar el relativo a los ingresos que perciben sus trabajadores en razón del servicio que le prestan, señalándose que no se configura respecto de las propinas que sus empleados perciban de los usuarios que en forma eventual o voluntaria decidan otorgarles.

      Dicha resolución establece que la retención en materia tributaria consiste, sustancialmente, en la obligación que la legislación de la materia impone a ciertas personas, distintas de las causantes de un impuesto en particular, de recaudarlo a favor de la hacienda pública y, por ende, de enterarlo, ya sea por la posición de control que pueden ejercer frente a la fuente económica del tributo que causa el contribuyente directo o por la función que en relación con la operación relativa tenga en razón de su cargo.

    • Reuniones Nacionales, vamos por la décima.

      AF interacción

      A querer y no la llegada del Internet vino a modificar en buena medida las relaciones humanas, el relativo anonimato que brinda ese mundo virtual, donde puedes llegar a ser lo que siempre quisiste ser o incluso ser lo que nunca pensaste en ser. Las conversaciones ausentes de prejuicios ya que al solo leer palabras escritas estabas a salvo de prejuzgar y discriminar, si porque es hombre, mujer, alto, flaco, gordo, greñudo, bien vestido, tiene una voz chillona o cualquier otro motivo, pero… si, siempre existe un pero. Con tantas historias que rayan en el terror, si atreverse a dar el paso y conocer a alguien en persona no era empresa sencilla, viajar kilómetros para hacerlo menos sencillo de decidir.

      Un grupo mayormente de contadores, pero no exclusivamente de contadores, esos que miles piensan son entes fríos como los números con que trabajan, decidieron dejar atrás el anonimato del internet para ponerle rostro a los nickname, para estrechar en varios casos una amistad y familiaridad que ya tenía buenas raíces. Hace diez años se tuvo la primer reunión anual de nuestra casa común en internet, www.aportacionesfiscales.com y en este 2019 el pretexto sigue siendo el mismo, estrechar la mano, estrujar el corazón y fomentar una cálida relación humana con personas que comparten nuestra profesión.

    • RFC del IMSS y Otras dependencias de Gobierno.

      Como trabajador, prestador de servicios o desde alguna otra trinchera es normal y usual que llegues a tener necesidad de conocer el RFC de ciertas dependencias de gobierno, ¿Para qué?, bueno eso ya depende de casos en particular, el caso es que no resulta extraño que alguien ande buscando el RFC del IMSS, citado a modo de ejemplo, ¿Lo conoces?, ¿No?, bueno a continuación te dejamos a la mano el RFC de algunas dependencias de gobiernoque consideramos por una u otra razón conveniente o necesario tener.

    • Salario Base para pago de finiquitos, cálculo de ISR y otras consideraciones.

      finiquito 2

       

      En el papel de asesor externo al terminar una relación obrero patronal cuando el patrón, tu cliente, te habla para pedir que le determines lo que le toca de finiquito al trabajador debes realizar como mínimo las siguientes preguntas:

      1. Causa de la recisión, esto es, ¿Renuncia Voluntaria o Despido?
      2. Si fue despido, ¿Justificado o injustificado?
      3. Fecha de ingreso al trabajo reconocida.
      4. Fecha de la terminación de la relación, para cuantificar la antigüedad.
      5. Prestaciones devengadas pendientes de pago.
      6. Salario Diario.

      Una vez conocidos esos datos se puede proceder a cuantificar el pago que le va a corresponder al trabajador.

      Recabada la anterior información se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

    • Salario Mínimo Fronterizo, ¿Con ISR a cargo?

      ZFNTE 2

      Una inquietud mas en relación al decreto de estímulos fiscales región fronteriza nortey que esperamos sea precisada o corregida con las reglas que se van a emitir en próximos días es la relativa a que sucede con el cálculo de ISR de trabajadores que perciban el salario mínimo fronterizo, ya que como sabemos ni la tarifa de ISR, ni la tabla de Subsidio al Empleo fueron actualizadas (la inflación no llego al 10%), es decir, la tarifa y tabla que vamos a aplicar en 2019 son las mismas que en 2018, por lo que al aplicarlas a la base del salario mínimo fronterizo tenemos el siguiente resultado;

    • Salario Mínimo General y Salario Fronterizo 2019.

      SMG 2019

      El día de ayer, 17/12/2018 se dio a conocer el salario mínimo general que va a regir en el país a partir del 01/01/2019. El incremento al salario mínimo es de un 16.20%, esto al pasar de de 88.36 a 102.68. El incremento se compone de lo que se da en llamar “Monto Independiente de Recuperación” (MIR) de 9.43, más el ajuste por inflación de 5%. Por lo que el nuevo salario queda de la siguiente manera;

    • Sin e.firma vigente, sin citas disponibles para su renovación, ¿Puedo solicitar una devolución de impuestos?

      citas SAT 4

      Hoy día, afortunadamente, una gran cantidad de trámites y gestiones ante el SAT deben ser realizados en forma virtual, vía remota utilizando su portal, sin embargo para hacer uso de esa facilidad y servicio el contribuyente debe contar con e.firma o contraseña, siendo ideal contar con la primera de ellas, ya que existen módulos del portal a los que el ingreso o tramite solo puede realizarse mediante dicha herramienta (e.firma), el módulo de Devoluciones es uno de ellos.

      Pero y si la e.firma ha caducado, en el escenario de la pandemia y lo restringido del servicio presencial por parte de la autoridad, se dio una escases de citas para poder revocar, renovar u obtener citas para tramitar la e.firma, ¿Puedo solicitar una devolución sin contar con e.firma?

    • SIPARE Obligatorio, al 100%.

      sipare 1

      Asunto.- Aviso importante del IMSS

      Prioridad.- Alta, muy alta.

      A partir del 1 de julio, los bancos ya no recibirán archivos de pago en ventanilla generados en el SUA.

      Por medio de su portal de Internet el Instituto Mexicano del Seguro Social difundió la tarde del 13 de junio, unaviso importante mediante el cualse informa alos empleadores (patrones) que a partir del próximo 1 de julio de 2018 las entidades financieras (bancos) autorizadas para recibir el pago de contribuciones de seguridad social dejarán de recibir en las ventanillas bancarias los archivos de pago en dispositivos USB o discos compactos que genera el Sistema Único de Autodeterminación (SUA).

      Por lo anterior, quienes todavía presentan sus pagos en esa modalidad, a partir de la fecha mencionada deberán emplear alguna de las siguientes modalidades para enterar el importe de las cuotas obrero-patronales, aportaciones de vivienda y amortizaciones de crédito que correspondan, a saber:

    • Sistema Automático de Devoluciones, Personas Físicas, ISR Anual ejercicio 2018.

      Dev Aut 1

      El 1 de abril de 2019 se dio a conocer por parte del SAT la versión anticipada de la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2018, destaca dentro del contenido difundido la regla que regula lo relativo a lo que coloquialmente se conoce como “Devoluciones automáticas de saldos a favor de ISR en personas físicas”

      ¿Hasta qué monto va a operar la devolución automática?

    • Subsidio por maternidad, quién lo paga.

      AF Maternidad

      Hace poco, leía en un grupo de WhatsApp, dicho cuestionamiento, y es muy común encontrarse con esa pregunta y adicional a ello se consulta si, esos días de incapacidad se consideran para el pago de prestaciones a que tiene derecho la madre trabajadora. Ante ello, es que surgió la idea de compartir lo que considero al respecto. 

      En primera instancia hay que observar que nos encontramos en presencia de una relación laboral, la cual se encuentra regulada en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y por tanto, habrá que considerar lo que la norma establece al respecto, independientemente de la voluntad de las partes que intervienen, es decir, del patrón y de la madre trabajadora. 

    • UMA 2022

      UMA 2022

      Valor de la UMA 2022 Oficial

      El inegi ha dado a conocer en su página web, el valor de la UMA que regirá desde febrero 2022, cuyo valor será de:

      UMA diario: $ 96.22
      UMA mensual: $ 2,925.09
      UMA anual: $ 35,101.08

      Recordemos que para darle solemnidad y cumplir con la ley para determinar el valor de la UMA, será hasta el próximo lunes 10 de enero cuando se publique oficialmente en el DOF

    • UMA 2024

      Les compartimos uno mas de los diversos indicadores que es necesario actualizar o estar al pendiente de su publicación para actualizar nuestros software o papeles de trabajo:

       

      AF UMA 2024

      Tenemos pendiente de conocer elvalor de la UMI (Unidad de Medida de INFONAVIT), recordando que dicho valor no se publica en DOF, pero si se refleja en la próxima versión del SUA, por lo que les invitamos a seguir pendientes.

    • UMA y UMI 2019

      De forma oficial se publica el día de mañana en el DOF pero el INEGI ha tenido a bien el darnos a conocer desde hoy el valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) que entrara en vigor el 01/02/2019. Como es sabido el dato impacta entre otros en materia de salarios, impuestos, multas y cuantías procesales.

    Encuestas

    Al navegar en sitios "especializados" que esperas o prefieres encontrar en portada;

    Artículos de temas fiscales. - 13.8%
    Artículos de temas laborales y seguridad social - 17.2%
    Artículos de temas contables y financieros - 6.9%
    Todas las anteriores - 58.6%
    Otros - 0%

    Votos totales: 29
    La votacion ya ha finalizado en: %11 %b %2019 - %00:%Jul

    Registro

    Uso Frecuente

    Dólar 14-Ene-2022 (Vie)    
    FIX $20.3118
    Publicación DOF $20.3607
    Para pagos $20.3660
    Euro 14-Ene-2022 (Vie)    
    Tipo de Cambio $23.2641
    TIIE 17-Ene-2022 (Lun)    
    TIIE 28 Días 5.7215%
    TIIE 91 Días 5.8675%
    TIIE 182 Días - - -
    TIIP - - -
    UDIs 25-Ene-2022 (Mar)    
    Valor $7.113456
    INPC May-2023    
    Tasa 128.084000000000
    CCP Dic-2017    
    M. Nal. 6.16%
    UDIs 4.53%
    Dólares - - -
    CPP 4.62%
    Recargos 2019    
    Mora 1.47%
    Plazos 0.98%
    Salario Mínimo 2023    
    General $207.44
    Frontera Norte $312.41
    UMA    
    Diario
    01-Feb-2023
    $103.74
    Diario
    01-Feb-2022
    $96.22

    ¿Quién está en línea?

    Hay 1086 invitados y un miembro en línea

    Usuarios en línea