Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

factura restaurant

  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
Más
17 años 1 mes antes #50552 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: factura restaurant
fega escribió:

buenas tardes, les comento mi duda acerca de un contribuyente que se dedica al giro de seguridad privada, a los elementos les manda comida que esta a un par de horas de su domicilio fiscal, el asunto es que este contribuyente compra la comida y le facturan, el restaurantero esta dentro de la misma ciudad del domicilio fiscal del contribuyente es deducible esta factura para el empresario de seguridad privada?

espero haberme explicado

Saludos!

HOLA fega:
Tepregunto:
1.- La comida es para "TODOS" los trabajadores?.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 1 mes antes - 17 años 1 mes antes #50563 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: factura restaurant
Buen día:

Para saber mas sobre el tema, te sugiero analizar el artículo titulado Análisis Fiscal del Concepto “Alimentación” y sus Efectos en las Leyes del Seguro Social,INFONAVIT y Otras Leyes, publicado por el Colegio de Contadores Públicos de México, de fecha 22 de mayo de 2006, No. 19, el cual se puede consultar ingresando a la siguiente dirección:


www.ccpm.org.mx/avisos/boletinseguridad_social19.pdf
Última Edición: 17 años 1 mes antes por a_cano.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
Más
17 años 1 mes antes #50566 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: factura restaurant
a_cano escribió:

Buen día:

Las erogaciones efectuadas por concepto de comedor que se realicen en beneficio de todos los trabajadores de la empresa, no es una prestación de previsión social, en virtud de que la deducción correspondiente debe hacerse en términos de las reglas señaladas a contrario sensu en el artículo 32 fracción XX de la LISR.

Por lo que respecta a la previsión social su deducción debe realizarse en términos del artículo 31 fracción XII.

En relación con el tema me permito transcribir resolución de la autoridad (SAT).

FECHA
19 - Febrero - 2004
TEMA
Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)
SUBTEMA
Deducciones

ANTECEDENTES:

La empresa eroga gastos por concepto de comedor en beneficio de todos sus trabajadores, para lo cual contrató la prestación de servicios, consistentes en la preparación y distribución de alimentos y bebidas sin alcohol, fijándose un precio por comida en la cantidad de $29.89.

CONSIDERANDOS:
El artículo 31 fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece los requisitos para poder efectuar las deducciones autorizadas. Por su parte el artículo 32 fracción XX de ese mismo ordenamiento señala que no serán deducible los gastos en comedores que por su naturaleza no están a disposición de todos los trabajadores de la empresa y aún cuando lo estén, éstos excedan de un monto equivalente a un salario mínimo general diario del área geográfica del contribuyente por cada trabajador. Por lo anterior, los gastos por servicios de comedor que se realicen en beneficio de los trabajadores se consideran estrictamente indispensables, y por su naturaleza, dicho comedor está a disposición de todos los trabajadores de la empresa, se concluye que son deducibles dichos gastos, para tal efecto, las erogaciones deben estar amparadas con documentación que reúna los requisitos señalados por las disposiciones fiscales.

RESOLUTIVO:
Se confirma el derecho a deducir de los ingresos las erogaciones efectuadas por concepto de comedor que se realicen en beneficio de todos los trabajadores de la empresa..


Saludos


HOLA a_cano:
Excelente aportación, pero y si el servicio de comedor en el caso concreto no es para TODOSlos trabajadores(GENERALIDAD) sería correcta considerar el criterio de RESOLUCION.

Saludos y es un placer.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 1 mes antes #50573 por CPCHARLY
Respuesta de CPCHARLY sobre el tema Re: factura restaurant
fega escribió:

buenas tardes, les comento mi duda acerca de un contribuyente que se dedica al giro de seguridad privada, a los elementos les manda comida que esta a un par de horas de su domicilio fiscal, el asunto es que este contribuyente compra la comida y le facturan, el restaurantero esta dentro de la misma ciudad del domicilio fiscal del contribuyente es deducible esta factura para el empresario de seguridad privada?

espero haberme explicado

Saludos!



Estiamdo:
En base a su pregunta el ya cometado articulo 32 fraccion XX le da la respuesta:
Si usted pago en efectivo dicho consumo en restaurante no sera deducible, si lo pago por medio de tarjeta entonces si sera deducible pero solo el 12.5% de su consumo.

SALUDOS!! :laugh:

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 1 mes antes #50587 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: factura restaurant
se paga con cheque a un restaurant que les sirve en el comedor donde se encuentra dicho lugar de trabajo, se les sirve a todos los elementos mas no a los administrativos por estar estos en la ciudad....se les descuenta un minimo a los elementos

FEGA

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
17 años 1 mes antes #50689 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: factura restaurant
Buena tarde:

Mi estimado, en este asunto como quedamos..........

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.465 segundos
Gracias a Foro Kunena