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Inventarios en Transito

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19 años 3 meses antes #9433 por jamendoz
Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: Inventarios en Transito
en el momento que pasa a ser de tu propiedad, cuando pasa la aduana, deja de ser mercancia de tu matriz, para ser de tu propiedad

saludos


cp jose antonio mendoza p

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19 años 3 meses antes #9434 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Inventarios en Transito
esto es semejante a que si vendo abarrotes en usa..que ley le aplico, ? la de usa...pero si los vengo aca...ya me tendria que regir con las leyes mexicanas y por ende su aplicacion es estricta a las dispociciones fiscales, lo cual sera cuando entre la mercancia a territorio nacional...ahi es cuando ya grava...


en resumen....


a) si entra las mercancias a mexico...grava....
b) si no entran las mercancias no grava......



saludos

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19 años 3 meses antes #9435 por jsc23
Respuesta de jsc23 sobre el tema Re: Inventarios en Transito
desgraciadamente algunas veces no encanjamos en lo que pensamos y no vemos mas alla de las respuestas o de nuestra nariz en este tan util foro, la humildad es la grandeza del sabio. Saludos y Felicidades amigos contadores

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19 años 3 meses antes #9436 por jamendoz
Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: Inventarios en Transito
no hugo, mas bien es en el momento que tu tienes la posesion del bien, no tanto si pasa o no la aduana, se trata de la posesion, y si por condiciones de contrato o de pedido, te marcan que es de tu propiedad a partir que te lo liberan en la aduana si, pero tambien te pueden decir que es tuyo y tu haces todo el embarque desde su destino y tambien es tuyo

saludos


cp jose antonio mendoza p

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19 años 3 meses antes #9438 por vank
Respuesta de vank sobre el tema Re: Inventarios en Transito
El punto es que la LIA no te habla de la posesion, sino del activo atribuible. Ahi es donde creo yo esta la clave... esto es como en el caso de los ingresos para ISR, la ley te dice que los grava ¿pero cuando considero que obtengo el ingreso? ahi si, la Ley del ISR en el 18 te dice en que momento se consideran obtenidos los ingresos. En IVA es lo mismo, te dice que actos o actividades gravan y te especifica en que momento se traslada el impuesto.

A mi parecer y a manera de conclusion personal considero que en este caso falta definir el momento en que el inventario es atribuible al establecimiento permanente. Las posturas de Toño y Hugo me parecen razonables pero la mecanica a seguir no esta clara en la Ley.

Gracias por sus respuestas.

Saludos.

CPC. Mike Morales

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19 años 3 meses antes #9439 por vank
Respuesta de vank sobre el tema Re: Inventarios en Transito
Me vas a hacer llorar... :cry:

desgraciadamente algunas veces no encanjamos en lo que pensamos y no vemos mas alla de las respuestas o de nuestra nariz en este tan util foro, la humildad es la grandeza del sabio. Saludos y Felicidades amigos contadores


CPC. Mike Morales

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