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- Publicaciones en el DOF del viernes 23 de octubre ...
- En: Fiscal / Publicaciones
- 1 día 7 horas antes

Pocas, muy pocas figuras legales se contemplan en la legislación fiscal que favorezcan, propicien o den como resultado un menor pago de ISR en comparación con lo que pueda ser considerado un esquema tradicional. Una de esas figuras o esquemas es la llamada copropiedad, que a decir de los entendidos consiste en eso, diluir bases para abatir el impuesto.
Que es la copropiedad.
Leer más: La copropiedad, diluyendo bases, abatiendo impuesto.

Dentro de las tareas rutinarias que debiéramos tener como contadores (internos o externos) es la elaboración y discusión de los estados financieros básicos, al menos del estado de resultados y el balance general, con los dueños de las empresas, ya para su conocimiento, juzgar avances, retrocesos, visualizar alternativas y proyecciones.
No sabemos bien en que momento el contador paso de ser el apoyo invaluable para el conocimiento de la información financiera y basado en ello la toma de decisiones a ser solo “el que determina los impuestos”, todo indica que los tiempos presentes o futuros próximos van a volver a provocar la necesidad de que el contador abandone ese rol restringido de “determinador de impuestos” para retomar relevancia en la preparación de información financiera.
Para los menos será como dar un salto hacia atrás en el tiempo, desempolvar apuntes y despertar el conocimiento dormido, pero para otros quizá represente un mundo casi desconocido, algo visto solo por encima como requisito fastidioso para cubrir el plan de estudios y obtener el título de contador público. Sin importar en que segmento te ubiques, es conveniente te encuentres familiarizado con el análisis de los estados financieros, al menos aquellos que se pueden realizar en forma sencilla y sin grandes complicaciones, ¿Has escuchado del método vertical y el horizontal?, ¿En qué consisten?
Leer más: Los estados financieros, ¿Qué dicen?, ¿Cómo se leen?

La proliferación de escuelas particulares, de la década de los ochentas a la fecha, se ha constituido sin duda alguna en fuente de trabajo para diversos profesionistas en el campo de la docencia, ya que dan trabajo a una muy diversa gama de profesionistas en prácticamente cualquier nivel de educación, algunos de ellos realizan el ejercicio de la docencia como un complemento a su actividad principal (el ejercicio independiente de su profesión) y otros la llevan a cabo en forma exclusiva, en ocasiones para varias instituciones educativas y en algunas otras para una sola en particular. Este fenómeno, el de escuelas, institutos y universidades contratando a personal para dar clases de una u otra manera presenta varios puntos de análisis, sobre sale entre ellos definir la naturaleza de la relación de trabajo entre las partes, para una vez definida establecer si dicho personal debe o no ser afiliado al IMSS.
¿Son trabajadores o no?, ¿Depende de las horas clase que se impartan?, ¿Con qué salario se les debe afiliar en caso de?

Cronología de una obligación no entendible y un tanto absurda.
2014.
Derivado de la reforma al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, muchos pequeños empresarios vieron en esta reforma una afectación económica importante, dado que estarían obligados a comprar un PROGRAMA DE CONTABILIDAD y en el mismo llevar sus registros en forma electrónica, estando obligados a enviar balanzas contables mensuales a la autoridad fiscal, si al contribuyente le brinda el servicio de procesamiento electrónico de la información un despacho o contador externo, era ya un gasto menos, pero ahora la queja o mortificación se trasladaba al contador, ya que si bien la contabilidad, en la generalidad, ya se procesaba en forma electrónica se agregaba la obligación del envió mensual a la autoridad, es decir, incremento de la carga de trámites y procesos, ¿Necesario?, complicado definirlo.
Leer más: Pequeños empresarios RMF 2019, fin del beneficio para no enviar contabilidad electrónica.

Para que la información financiera se considere de utilidad debe ser no solo confiable, si no oportuna. Esa premisa debe aplicar para toda la información que un contador genera o entrega a sus jefes o clientes. Si la información que se ofrece permite anticipar o prever situaciones futuras (presupuestos), de mayor utilidad y beneficio debe ser considerada.
Acostumbras entregar a tus clientes, personas morales, información proyectada de sus pagos provisionales de ISR, ¿No?, ¿Por qué?, una vez presentada la declaración anual tenemos los elementos suficientes y necesarios para conocer el impacto que en pagos provisionales en materia de ISR la contribuyente va a tener. ¿Qué datos requerimos conocer?
Leer más: Personas Morales, proyección de cifras en base a su anual.

Si bien la fecha límite para presentar la DART (Declaración Anual de Riesgos de Trabajo) fue el 28 de febrero, su uso y vigencia propiamente hablando la tenemos a partir de las cuotas a pagar correspondientes al mes de marzo. Realizada la determinación y por supuesto la presentación de la nueva prima aplicable, no debemos olvidar capturar/actualizar dicho dato en el SUA (Sistema Único de Autodeterminación), todo para efectos de que las cuotas determinadas sean correctas.
Los pasos a seguir para ello en el SUA son los siguientes:

El 1 de abril de 2019 se dio a conocer por parte del SAT la versión anticipada de la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2018, destaca dentro del contenido difundido la regla que regula lo relativo a lo que coloquialmente se conoce como “Devoluciones automáticas de saldos a favor de ISR en personas físicas”
¿Hasta qué monto va a operar la devolución automática?
Leer más: Sistema Automático de Devoluciones, Personas Físicas, ISR Anual ejercicio 2018.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32-H del CFF los contribuyentes están obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (DISIF) si se ubican en alguno de los siguientes supuestos (fracciones);
Leer más: 32H, 2.19.4, DISIF o no DISIF, esa es la cuestión.
Si eres contribuyente persona física con ingresos por arrendamiento, es decir, Título IV, Capítulo III de LISR, mas vale que te vayas preparando, no importa si aplicas deducción ciega/opcional o llevas contabilidad, el SAT está avisando y lo mejor es irse preparando, ¿Estás preparado?
Leer más: Arrendadores, adiós a “mis cuentas”, bienvenidos a “Mi Contabilidad”

Aquí tu resumen de publicaciones relevantes en el periodo del 09/02/2019 al 12/03/2019, esperando sea de tu agrado y/o utilidad, recuerda si tienes alguna noticia que consideres debe ser compartida la puedes hacer llegar a los correos
Publicaciones y notas relevantes del 09/02/2019 al 12/03/2019.
Leer más: Publicaciones y notas relevantes del 09/02/2019 al 08/03/2019.

En fechas recientes el Servicio de Administración Tributaria estuvo enviando a los patrones cartas invitación donde les informaba que había detectado que no habían efectuado el cálculo anual de sus trabajadores, por lo cual los invitaba a realizarlo. Ante tal situación muchos contribuyentes recordaron que ESTABAN OBLIGADOS a realizar dicho calculo. Por tal motivo en este artículo analizamos las disposiciones legales que hablan al respecto, así como los caminos a seguir con el resultado obtenido, sea impuesto a cargo o impuesto a favor del trabajador.
OBLIGACION DE LEY
Leer más: El ajuste anual de ISR para ingresos por salarios.
El formato o machote de conciliación de resultado contable-fiscal que se incluye en la declaración anual de personas morales no debe ser visto como “un requisito más”, en realidad constituye una herramienta de utilidad para determinar y/o corroborar el resultado fiscal, todo mediante la suma y resta al resultado contable de una serie de conceptos o rubros que nos conviene conocer y tener claros incluso antes de iniciar el llenado de la declaración misma.
Quizá durante años has integrado la conciliación de resultados en forma casi mecánica aplicando el siguiente procedimiento:

Con fecha 21 de febrero de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación las tan esperadas Facilidades Administrativas para diversos sectores correspondientes al ejercicio 2019. Las mismas incluyen diversos beneficios para el sector primario y autotransporte para poder deducir sus erogaciones con requisitos menores a los Ley y otras reglas que ayudan a estos sectores a minimizar su carga administrativa, veamos algunas de las reglas más importantes.
¿Quiénes pueden aplicar las llamadas Facilidades Administrativas?