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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Ide de julio cobrado el 1ero de agosto
- MARIOAL
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- The Mystery Machine
Saludos, MARIOAL.
MARIOAL, en el topico 'Acred IDE ¿papeles de trabajo o portal bancario?' escribió: Como estan siguiendo con este tema, efectivamente, el personal de orientación fiscal del sat, coinciden en llevar el acreditamiento en papeles de trabajo al igual que se maneja con el i.v.a., ya que no existe algun apartado que mencione este concepto dentro del portal del banco y mencionan que no puede tomarse como otros acreditamientos, en mi caso tengo mi pago provisional del mes de julio:
I.S.R. A CARGO POR $ 57,721 ( - ) IDE DE JULIO RECAUDADO O COBRADO EN AGOSTO $ 1,296.00
I.S.R. A CARGO DESPUES DE IDE $ 56,425.00
LOS $ 56,425.00 ES LO QUE DECLARARIA EN EL PORTAL DEL BANCO Y LOS $ 1,296.00 ES LO QUE LLEVARIA COMO CONTROL EN MIS PAPELES DE TRABAJO.
Tras la lectura de tu respuesta en este otro topico, me surge la duda: ¿Sigue siendo tu criterio el no aplicar la regla I.11.28?
Como esta atperez, lo de seguir o no el criterio de la regla I.11.28, solo hice una observación de lo que menciona dicha regla, y en cuanto a si sigo no ese criterio, solo di a entender que existen diferentes puntos de vista o de aplicar ciertas reglas, y haciendo miención de que dicha regla especifica en su texto la palabra se podrá.....y solo es una observación..... saludos
Hacer lo Correcto....No Es Siempre Lo Correcto..
Que tengan excelente fin de semana,,,,,saludos....
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- kmorales
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cuando hable al banco para ver que %$%#@ era el cargo que me hicieron ( ya sabia que era el IDE, nomas pa acalambrarlos...mjm ! ) me dijeron que efectivamente era el nuevo impuesto en su modalidad de retencion . . . ( que totacha me echaron eeeeh?)
luego les dije, pos denme mi "CONSTANCIA" y que creen que dijeron.... No vamos a expedir constancias, su constancia es su Estado de Cuenta donde aparece el Cargo !!! voitelas !!!
En Algunas Auditorias, los del SAT ( antes hacienda ) me pedian los estados de cuenta del contribuyente, yo hacia una carta pidiendolos al Banco ( porque el contribuyente no los tenia todos ), luego me sentaba a esperar que me los proporcionara el mismo banco... les decia a los del SAT y les presentaba una copia de la carta enviada al banco y recibida por el mismo banco, que ya se los habia pedido...... terminaba la auditoria y nunca el banco me proporciono los estados de cuenta y los auditories nunca me insistieron....
ahora pues, a guardarlos muy bien !!! porque si no hay "Edos. de Cuenta bancarios" pos ( escribo "pos" porque me agrada ) sigo escribiendo "pos" no hay comprobante de RETENCION !!!
saludos
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- CPmundial
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- BR1
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No se puede acreditar en el mes de julio ya que en la constancia del banco o estado de cuenta se manifiesta en el mes de agosto, es aplicable en agosto....Ver anteproyecto de la 3RMF 2008....
Algo nuevo para mí....o sea que eso del primer día habil siguiente ya chupo faros....eso es saber leer...
El que no supo leer fue yo...jajajaa
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- cladomi21
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En el banco me retuvieron el total del ide de julio, el dia 1ero de agosto.
la pregunta es ¿lo puedo acreditar en Julio?
por su atenciòn gracias.
HOLA BUENAS TARDES
ALGUNOS CONTADORES HAN MENCIONADO QUE SE HAN BASADO A LA REGLA I.11.28 DEL ANTEPROYECTÒ, LA CUAL AUN NO HA SIDO PUBLICADO EN EL DOF, POR LO QUE NO TIENE NINGUNA VALIDEZ.
POR LO QUE ESTARIA VIGENTE HASTA EL DIA DE HOY LA 1ERA MRMF2008 EL SIGUIENTE TEXTO:
efectivamente pagado en el mes que se recauda
I.11.28.Para los efectos de los artículos 4, fracción V, 7 y 8 de la Ley del IDE, se podrá considerar que el IDE correspondiente al mes de que se trate fue efectivamente pagado en dicho mes, aún cuando hubiese sido recaudado el día hábil siguiente al último día del mismo mes.
POR LO QUE NO HAY PROBLEMA EN QUE ALGUNOS CONTADORES SE ACREDITARAN EL IDE EN EL PAGO DEL MES DE JULIO ANQUE APARESCA EN EL ESTADO DE CUENTA DEL MES DE AGOSTO.
SALUDOS
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