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Pasión, pensión, ¿Alcanza?
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- Escrito por: CP Gabirel Aranda y Angie Berra
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Pasar de la edad de la pasión a la edad de la pensión debiera ser una buena noticia, ya que se supone se dejara de trabajar para disfrutar de los beneficios acumulados durante la vida laboral, pero no siempre es así. En nuestro país debemos empezar por identificar la fecha en que se empezó a trabajar para saber conforme a que ley (Régimen) se podrá pensionar.
Nuestro amigo el CP Gabriel Aranda Zamacona, titular de www.elnidodelseguro.com nos ayuda a conocer los posibles escenarios por medio de la siguiente imagen;
ANUAL DE SALARIOS Y SUBSIDIO AL EMPLEO DEL AÑO 2017 ¿SE PRESENTAN?
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- Escrito por: C.P. Enrique Corona Mendoza
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ANUAL DE SALARIOS Y SUBSIDIO AL EMPLEO DEL AÑO 2017 ¿SE PRESENTAN O NO?
Una duda que aún tienen muchos contadores es la relativa a la obligación que existía anteriormente de presentar algunas declaraciones informativas en el formato electrónico DIM (Declaración informativa múltiple) y cuyo plazo para su presentación vencía el 15 de febrero de 2018. Para ello analicemos el origen de las mismas y de donde viene la obligación de presentarlas.
La declaración anual de los salarios pagados tiene su origen en el artículo 118 Fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente al 31 de diciembre de 2013, la cual mencionaba las obligaciones de los contribuyentes que realizaban pagos por salarios y asimilados:
Artículo 118. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones:
I. …………………...
V. Presentar, a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración proporcionando información sobre las personas a las que les hayan efectuado dichos pagos, en la forma oficial que al efecto publique la autoridad fiscal. La información contenida en las constancias que se expidan de conformidad con la fracción IV de este artículo se incorporará en la misma declaración
.
La obligación estuvo vigente aun después de que este artículo se derogo, conjuntamente con toda esa Ley del Impuesto sobre la Renta, puesto que mediante Disposición Transitoria se estableció que dicha declaración aun debía presentarse, esto conforme al Artículo Noveno Transitorio Fracción X que establece lo siguiente:
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Los RIF y los CFDI
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- Escrito por: Administracion Aportaciones Fiscales
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La versión 3.3 del CFDI ha venido a provocar cambios y adaptaciones para las que, todo indica, un buen número de contribuyentes siguen sin estar preparados. Incluso muchos a pesar de ya estar emitiendo comprobantes (como debe ser) en la versión 3.3 manifiestan serias dudas sobre si lo están haciendo en forma correcta. El caso de los conocidos como RIF llama la atención, ya que un buen segmento de dichos contribuyentes se ubican en lo que se podría definir o calificar como "economía de supervivencia", al ser negocios que han sido emprendidos para cubrir la falta de empleo o en el mejor de los casos adicionar la utilidad que se obtenga por esa actividad al ingreso que se obtiene por una pensión.
Por esa característica (economía de supervivencia) no son pocos los RIF que tienen operaciones exclusivamente con público en general, la mayoría de ellos utilizan la herramienta de “Mis Cuentas” para elaborar el CFDI por los ingresos que se obtienen, lo que hacían en forma mensual, en 2018, ¿Cómo lo van a hacer?
El CFDI 3.3 y las operaciones con público en general.
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- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
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¿Recuerdas esta imagen?

En el entendido que por las operaciones que se realizan con público en general se entrega lo que coloquialmente conocemos como “comprobante simplificado”, en este punto es conveniente repasar lo dispuesto en la RMF 2018:
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Liquidación simplificada de sociedades mercantiles.
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- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
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El 24 de enero se publicó en el DOF el:
“DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles”.
Destacando la adición de:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
Artículo Único.- Se reforman los artículos 232, párrafos segundo, tercero y cuarto; 236, párrafo segundo; 238, párrafo primero; 242, segundo párrafo de la fracción V; se adicionan una fracción VI, al artículo 229; un segundo párrafo al artículo 237; un tercer párrafo al artículo 238; un segundo párrafo al artículo 240; un segundo párrafo al artículo 241; un segundo párrafo al artículo 242; un segundo párrafo al artículo 245; un segundo párrafo al artículo 246; un segundo párrafo al artículo 247; los artículos 249 Bis y 249 Bis 1 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para quedar como sigue:
A continuación reproducimos en forma literal los artículos citados para su conocimiento;
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Personas Físicas y A.R. ¿Sin contabilidad electrónica en 2018?
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Como sabemos en años pasados la autoridad ha relevado a ciertos contribuyentes de la llamada contabilidad electrónica y su correspondiente envió, la inquietud que algunos han planteado es ¿A quiénes? Y lo mas importante en materia fiscal, ¿Con fundamento en qué?, pues bien para no tener que observar lo dispuesto en las reglas;
2.8.1.6. Contabilidad en medios electrónicos, y
2.8.1.7. Cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos de manera mensual
Recuerda que esta lo dispuesto en la regla;
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RECOPILACIÓN DE REGLAS 2018 EN MATERIA DE ISR PARA PERSONAS FÍSICAS
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- Escrito por: Dr. Yeudiel Almaraz Domínguez
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RECOPILACIÓN DE REGLAS 2018 EN MATERIA DE ISR PARA PERSONAS FÍSICAS
Autor: Dr. Yeudiel Almaraz Domínguez
El autor de esta recopilación es Doctor en Ciencias de lo Fiscal con mención honorífica por el Instituto de Especialización para Ejecutivos, S.C. Maestro en Derecho Fiscal y Licenciado en Contaduría por la Universidad Regional del Sureste, A.C. Licenciado en Derecho y aspirante a estudiante de la licenciatura en economía por la Universidad Nacional Autónoma de México. Diplomado en Impuestos, Seguridad Social, Laboral y Defensa Fiscal. Conductor del programa Análisis Corporativo Fiscal en Argos Cursa Radio. Catedrático a nivel licenciatura y de posgrado; agente capacitador externo avalado por la STPS para impartir cursos de capacitación y adiestramiento. Conferencista en temas de estrategia y reingeniería corporativa fiscal.
El día viernes 22 de diciembre de 2017, sale publicada en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal 2018, y de la cual, te presentamos una recopilación de las reglas que consideramos de mayor uso y aplicación para el pago del ISR para personas físicas, mismas que se presentan a continuación:
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El catálogo de productos del SAT (UNSPSC). Realidad y surrealismo, origen, forma de consultarlo.
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En fechas pasadas ante la ola de críticas y hasta burlas, la autoridad realizo mediante un comunicado una serie de aclaraciones en referencia al catálogo de productos y servicios que se emplea en la versión 3.3 del CFDI. El comunicado fue en los siguientes términos;
Inflación, sueldos y salarios, tarifas ISR 2018.
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- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
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Con fecha 29 de diciembre del 2017 fueron publicadas en el DOF las nuevas tarifas de ISR aplicables para el 2018. Aquí el vínculo para su consulta y descarga;
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/tablas_indicadores/Paginas/tarifas_pp.aspx o bien Click aquí
Se debe realizar hincapié que la tabla del Subsidio al Empleo no tuvo cambio alguno, ya que solo la tarifa de ISR fue sujeta de actualización. Así las cosas resulta recomendable realizar la actualización correspondiente en el software de nóminas que se maneje. Puntualizando en que solo se realice la actualización de la tarifa mensual, esto en la eventualidad de que no se hayan realizado los cálculos anuales de ISR de los trabajadores.
La pregunta es, con esto de la actualizada de la tarifa, que no es otra cosa que reflejar la inflación en sus cifras contenidas, ¿Realmente se ve reflejado en un decremento al ISR?, centremos la atención en el tema sueldos y salarios, por la inmediatez y simplicidad (en principio), abordemos solo tres supuestos en los que tenemos trabajador con base de ISR igual al salario mínimo general, con base del doble del salario mínimo general y con base igual a tres veces el salario mínimo general, considerar que el salario mínimo mensual se está determinando considerando la igualación de meses en función del factor 30.4
De como el CFDI 3.3 arruino mi convivio navideño.
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- Escrito por: Gilberto Solorio Sanchez
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Lo que se va a relatar, es una especie de "historia urbana", le paso al amigo de un amigo...
Como es costumbre en la oficina (despacho de contadores) en estas fechas nos reunimos socios y colaboradores para tener un convivio, tradicionalmente acudimos a comer a un restaurant, a compartir el pan y la sal como luego se suele decir. Por lo apretado de la agenda de este año nos vimos en la necesidad de programar dicha convivencia entre semana, para ser mas precisos el lunes 18 de diciembre, hicimos malabares para encontrar espacio en un restaurant de la 13:30 a las 15:30, dos horas, tiempo suficiente para comer, intercambiar regalos, abrazos, buenos deseos, beber un digestivo y regresar corriendo a la oficina a enviar uno que otro spei.
Todo iba conforme a lo programado, pero… por razones de seguridad personal, y toda vez que tengo programado viajar por carretera lleve mi unidad a que le cambiaran los neumáticos el mismo lunes 18 muy temprano por la mañana, ofreciendo el taller de servicio entregarme la unidad a las 13:30. Pensé, sin problemas, recojo el auto, me traslado al lugar del convivio (no más de 15 minutos en auto) y todo esta bien. Llegar diez minutos antes de la hora convenida con el gerente de servicio lo considere buena medida de precaución, al llegar las llantas nuevas ya habían sido montadas, auto alineado, balanceado y como plus inflado de llantas con nitrógeno. Estaba feliz, todo iba conforme a lo planeado.
Días NO Laborables en México 2018
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- Escrito por: Gilberto Solorio Sanchez
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En el entendido que eres organizado y deseas planificar tus actividades recreativas en 2018, te dejamos la lista de los días de descanso obligatorios para dicho año.
Enero.
Lunes 1. Arranca bien el año, primer día de descanso obligatorio del año.
El pago del aguinaldo, consideraciones y precisiones.
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- Escrito por: Administracion de www.aportacionesfiscales.com
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Obligatorio, por año, no acumulativo. Por disposición expresa del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los patrones deben pagar a sus trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año un aguinaldo anual de por lo menos 15 días de salario, en caso de haber laborado el año completo, de no haberlo hecho el pago de dicha prestación será proporcional al tiempo laborado. Resulta prudente precisar a los trabajadores que los días a pagar de aguinaldo a diferencia de los días a pagar de las vacaciones no se incrementa en función de la antigüedad.
Tipos de Salario base.
Salario fijo. La cuota diaria se obtiene de dividir el salario mensual entre 30 días (semanal entre 7), el resultado será el salario base para el pago del aguinaldo.
Salario variable. La suma anual de sueldos percibidos se divide entre 12 (por el número de meses del año) y se obtiene un promedio mensual, el sueldo promedio mensual se divide entre 30 para obtener el salario base para el pago del aguinaldo. Sobra decir que si no se laboró el año completo la división no será entre 12 (meses) si no que debe realizarse entre el número de días efectivamente laborados.
Salario mixto. Tiene elementos de los tipos descritos anteriormente, por lo que debe determinarse cada una conforme a lo ya expresado y sumar los resultados obtenidos, es decir el salario base de la parte fija y el de la parte variable, para obtener el salario base para el pago del aguinaldo.
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CFDI 3.3 utilizando herramienta gratuita del SAT
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- Escrito por: CP Enrique Corona Mendoza
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Como es sabido ya por economía, gustos o motivos diversos existen contribuyentes que deciden no invertir en software o plataformas para la emisión de CFDI, lo que les orilla a utilizar en no pocas ocasiones la herramienta gratuita que facilita el SAT, pues bien quien desee utilizarla por estos día va a toparse con algunas novedades por el cambio de la versión 3.2 a 3.3. Nuestro distinguido compañero el CP Enrique Corona Mendoza pone a nuestra disposición un manual para saber COMO FACTURAR CFDI VERSION 3.3 EN LA PAGINA DEL SAT para acceder a dicho material basta con dar click al texto destacado en color azul, para que lleve directo a la Sección de Descargas y puedas descargarlo. Te recordamos que la descarga del material de referencia no tiene costo, pero si resulta necesario ingresar tu "nick name" y contraseña.
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