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    suspension de actividades de una asociacion civil

    28 Jun 2012 22:40 #81957 por RENY
    LOBOZAC

    ...He hablado con dos contadores y ambos me comentaron que no hay problema que se realizan las declaraciones en cero y se suspende de actividades y que así se puede quedar ya sin problemas...para no gastar en la liquidación de la A.C. ante notario.

    HAZ "HABLADO" CON DOS CONTADORES ?........PUES QUE NO DESDE UN PRINCIPIO CONTRATASTE A UNO PRECISAMENTE PARA QUE TE ASESORARA PROFESIONALMENTE ???????, EN VIRTUD DE QUE "En lo personal te es difícil entender de cuestiones contables... o eres de esos contribuyentes tacaños, "agarrados", sabelotodos, que supuestamente se la saben de todas, todas ?...... y que van al sat a pedir asesoria y esos otros pen...tontos les dicen que no se necesita contador ........ o cual es la razon de que PRECISAMENTE NO HAYAS CONTRATADO A UN PROFESIONAL EN EL AREA.......EXISTEN MUCHISIMOS Y MUY BUENOS

    Claro como bien lo mencione al constituir la A.C. jamas se realizarón operaciones ..nunca la trabajamos (CUESTIONES PERSONALES DE CADA UNA DE LAS INTEGRANTES DE LA A.C.), es por eso que no se contrato un contador, NO por amarradas, codas y demas adjetivos que mencionas...


    En lo personal me es difícil entender de cuestiones contables ya que mi area no tiene nada que ver....y ahora que trato de asesorarme siento que no es confiable la información ....MUCHOS COLEGAS --quiza sea el caso de esos dos contadores--UTILIZAN LA ARGUCIA DE SOLTAR INFORMACION APARENTEMENTE ERRONEA Y la "sueltan" a contribuyentes que son parásitos que solo quieren "chupar" el conocimiento, tacaños que no quieren pagar y que luego se andan quejando de que "ches contadores" no saben cuando los que NO SABEN SON ELLOS

    En ningún momento menciono no querer contratar un contador, el problema es que los dos contadores con los que hable me dan versiones diferentes ...Uno me dice que es necesario que el representante legal necesita tener el RFC y su CURP para ingresarlo en las declaraciones anuales, y el otro menciona que no es necesario...ambos cobran lo mismo por poner todo en orden en cuestion de declaraciones... Motivos por los que se me hizo fácil preguntar en este foro, no por parásito chupador de conocimiento....cada quien en su área... .......Simplemente no se a quien confiar mi situación...

    Pero precisamente para que mediante ese ardid, ese mismo "cliente" REGRESE A CONTRATARLOS CUANDO SE DA CUENTA DE QUE NO PUEDE, NI PODRA JAMAS MANIOBRAR UN PROGRAMA DE DECARACIONES PROVISIONALES O ANUALES.........Y ENTONCES ELLOS LOGRAN UN CLIENTE Y LO DISCIPLINAN A QUE ..........ZAPATERO, A TUS ZAPATOS......

    Efectivamente jamas maniobrare un programa de declaraciones no estudie para eso ..ni es mi intención intentarlo


    por eso decidi entrar a este foro ....Considero que el internet es una herramienta en donde ademas de redes sociales podemos encontrar gente preparada que pueda orientar a los demás...........ASI ES EXISTE MUCHISIMA GENTE PREPARADA.........PERO QUE COBRA RENY.........Y COBRA PORQUE ESTUDIO, SE QUEMO LOS OJOS, LAS NEURONAS CEREBRALES DURANTE AÑOS......MUCHISIMOS AÑOS..........COMO PARA VENIR A REGALAR AQUI TODO EL CONOCIMIENTO

    Claro que existe mucha gente preparada .... eso no esta en duda...y obviamente nadie trabaja de a gratis ...y nadie esta pidiendo las cosas gratis....SIMPLEMENTE PEDÍ UNA ORIENTACIÓN EN UN FORO FISCAL PARA PODER DECIDIRME POR UN CONTADOR, NO PARA QUE ME REGALEN UN TRABAJO ..por que efectivamente se quebraron la cabeza leyendo, desvelándose en tareas, reprimiéndose en cuestiones económicas, familiares y demás situaciones que vive un PROFESIONISTA para poder terminar su carrera ...



    APROVECHO PARA PREGUNTARLES SI EN LAS DECLARACIONES ANUALES TIENE QUE PONERSE EL RFC Y CURP DEL REPRESENTANTE LEGAL...??????????????..........

    YO TE PODRIA RESPONDER ESTA DUDA, PERO NO LO VOY A HACER, y sabes porque ?, POR PURA VERGUENZA PROFESIONAL, PORQUE PRECISAMENTE TENGO ETICA.........Y SERIA MUY DAÑINO, OTORGARTE ASESORIA A DISTANCIA, PARA QUE TU CAPTURES LA ANUAL, SIN SABER NI QUE NI POR DONDE, .....ESO RENY, LE CORRESPONDE A LOS QUE SABEN Y REPITO, .........COBRAMOS POR ELLO

    Respeto el comentario ...no es para capturarla si no para decidirme por el contador..pero gracias

    EN FIN, COMO VES, EXISTE UNA FORMA MUY SENCILLA DE LLEVAR LAS COSAS.......DEJALE AL PROFESIONAL HACER LO QUE SABE HACER EN MATERIA FISCAL............TU DEDICATE A LO QUE SABES HACER Y QUE NO DUDO QUE LO SEPAS HACER PROFESIONALMENTE

    EFECTIVAMENTE ESO ES LO QUE PRETENDO HACER DEJARLE A UN CONTADOR QUE HAGA LAS COSAS .....QUE JAMAS HARIA YO...Y SI EN MI ÁREA LABORAL SOY BUENA.......SALUDOS Y BUENA VIBRA


    SALUDOS

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    28 Jun 2012 22:46 #81958 por RENY

    OSVALDO escribió: Hola.

    Creo que si tratas de llenar esa información tu en el programa te darás cuenta si es necesario o no.

    HOLA OSVALDO...NO HE INGRESADO AL ÁREA DE DECLARACIONES ...HE TENIDO PROBLEMAS PARA INGRESAR DEBIDO AL SISTEMA..POR LO TANTO DESCONOZCO LOS FORMATOS Y LA VERDAD NO ME ATREVERÍA A MOVERLE NADA ....POR QUE NO TENGO NI IDEA DE ESO....

    Lo Mejor que puedes hacer es Dejar eso en los que Realmente Saben hacerlo o de plano consultar a un contador.

    SI ESO ES LO QUE QUIERO QUE ALGÚN CONTADOR LO HAGA... POR EL MOMENTO TENGO DOS OPCIONES.....SOLO ES CUESTION DE DECIDIRME Y QUE EL SISTEMA PERMITA INGRESAR

    Una recomendación al buen amigo LOBOZAC cuanta hasta 10. jajajajaja

    Ya en serio, comparto la ultima opinión de LOBOZAC.

    Ahora Bien te recomiendo que invites a los contadores a que visiten el Foro, hay muy buenos tópicos, les servirá para actualizarse.

    SI SERIA CUESTIÓN DE COMENTARLES...Y QUE DECIDAN ENTRAR ...

    Dicho lo anterior con el respeto que merecen.

    GRACIAS ...SALUDOS BUENA VIBRA =)

    Saludos.

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    29 Jun 2012 02:15 #81963 por G-Ornelas
    hola buenos dias....

    he seguido el topico y me permito decir que NO EXISTE SUSPENCION DE ACTIVIDADES, es la LIQUIDACION, el fundamento ya te lo expusieron los compañeros amablemente, ahora bien en cuanto a qe no puedes accesar a la aplicacion de MIPORTAL se debe a que la pagina del SAT a estado fallando en lo que va de la semana y parte de la anterior.. te recomiendo paciencia . y sobre todo consulta este tipo de temas con un contador PROFESIONAL experto en el tema ...


    saludos

    El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...

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    29 Jun 2012 09:05 #81964 por LOBOZAC
    EFECTIVAMENTE ESO ES LO QUE PRETENDO HACER DEJARLE A UN CONTADOR QUE HAGA LAS COSAS .....QUE JAMAS HARIA YO...Y SI EN MI ÁREA LABORAL SOY BUENA.......SALUDOS Y BUENA VIBRA

    Hola RENY, excelente decisión, sabes que mi comentario NO FUE PERSONAL, ASI COMO TAMPOCO CUANDO ME REFIERO A "CONTADORES", Cuando tengo que decirle algo a alguien SE LO DIGO directo, sin embagues.

    Para cerrar, definitivamente, NO EXISTE MANERA DE SUSPENDER A UNA PERSONA MORAL, SE TIENE QUE LIQUIDAR,..........ASI SEA EN "CEROS".........OBVIO es que PREVIAMENTE, se tiene que cumplir CON LO QUE NO SE HA CUMPLIDO, provisionales, anuales, etc etc etc.

    Te mando un abrazo cordial

    Suerte

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    29 Jun 2012 09:21 #81965 por LOBOZAC
    Ahhhhhhh FUNDAMENTOS !!!!!!

    Si, aqui estan:

    Necesariamente DEBES OBSERVAR VARIOS ESQUEMAS, Ejemplo

    Respecto de la materia legal tenemos que:

    Debes observar tambien la Ley General de Sociedades Mercantiles en sus artículo 234, 244 y correlativos

    El Código Civil Federal dentro de su artículo 2726 te señala que debes disolverla y en un segundo momento que debes ponerla inmediatamente en liquidación, para lo cual debes observar los tiempos y plazos (seis meses), haciendo lo pertinente respecto de su razòn social

    En cuanto a lo fiscal;

    LISR

    Artículo 12. Dentro del mes siguiente a la fecha en la que termine la liquidación de una sociedad, el liquidador deberá presentar la declaración final del ejercicio de liquidación; asimismo, el liquidador deberá presentar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio de liquidación, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél, al que corresponda el pago, en los términos del artículo 14 de esta Ley, en tanto se lleve a cabo la liquidación total del activo. En dichos pagos provisionales ...Y correlativos

    Ademas debes observar, EL CANCELAR EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ANTE EL SAT

    Y necesariamente, debes coordinarte con un fedatario público

    Saludos y suerte

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    29 Jun 2012 10:01 #81969 por albertocampos.c
    Reverencias y agradecimientos por la basta informacion del tema, y no hablo por la suspencion de actividades, si no por todos los demas puntos que se llegaron a tocar.

    Un mensaje con todo respeto para el contador LOBOZAC , concuerdo con su forma de pensar y de expresarce, menos en una cuestion donde hizo referencia a los pasantes de la licenciatura.

    A mi en lo particular me da tristeza ser testigo de titulos que practicamente se regalan, y hacen seudocontadores, falsos asesores, no actualizados, titulares de despachos que no tienen la capacidad profesional, eso si con un puñado gigante de clientes, eso demerita la profesion, ellos mismos se desprestigian y a mi pasante de la licenciatura me deja mucho que desear.

    Saludos a todos.

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